Tegucigalpa, Honduras.- La Corte Suprema de Justicia (CSJ) recordó a los jueces del país que las cuentas bancarias y los fondos públicos del Estado de Honduras no pueden ser embargados para cumplir sentencias judiciales, de acuerdo con lo establecido en las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente.
La comunicación fue emitida por instrucciones del presidente del Poder Judicial, Wagner Vallecillo Paredes, mediante el oficio PCJ-0324-2026, fechado el 4 de julio de 2026, luego de una solicitud realizada por la Secretaría de Finanzas.
En el documento, la CSJ transcribe los artículos 245 y 246 del Decreto 62-2026, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, donde se establecen las reglas para el pago de sentencias contra instituciones del Estado y las limitaciones para ejecutar embargos sobre recursos públicos.
La medida busca recordar a los órganos jurisdiccionales que cualquier sentencia que ordene al Estado pagar una determinada cantidad de dinero debe seguir los procedimientos establecidos por la ley y no afectar recursos destinados al funcionamiento de las instituciones públicas.
Uno de los puntos más importantes del oficio es el contenido del artículo 246, que declara inembargables los fondos públicos administrados por la Tesorería General de la República y el Banco Central de Honduras.
La disposición también protege las partidas presupuestarias utilizadas para el funcionamiento de instituciones del Poder Ejecutivo que brindan servicios esenciales a la población.
Esto significa que, aunque exista una sentencia condenatoria contra una institución estatal, los recursos públicos no pueden ser retenidos o congelados mediante embargos judiciales.
La normativa también establece que esta protección se extiende a las entidades descentralizadas del Estado, impidiendo que se afecten bienes o fondos necesarios para garantizar la prestación de servicios públicos.
Según el texto legal, el pago de las obligaciones económicas derivadas de sentencias debe realizarse mediante los mecanismos presupuestarios correspondientes y bajo la coordinación de la Secretaría de Finanzas, tomando en cuenta la disponibilidad fiscal del país.
Sanciones
De incumplir la normativa, las sanciones económicas podrían alcanzar hasta cuatro veces el monto ejecutado de manera irregular, además de posibles responsabilidades administrativas, civiles o penales que determinen las autoridades competentes.
Con este recordatorio, la Corte Suprema de Justicia busca que jueces y operadores de justicia apliquen de forma uniforme la normativa vigente cuando se trate de sentencias contra instituciones estatales.
La resolución deja claro que las cuentas bancarias del Estado, los fondos administrados por la Tesorería General de la República y los recursos depositados en el Banco Central de Honduras continúan protegidos contra embargos, tal como lo establece el presupuesto general aprobado para 2026.