Dinero & Negocios

 Cómo ver el futuro antimonopolio en EE UU

La concentración del mercado está aumentando, mientras que la competencia económica —el fundamento de una economía de mercado libre y dinámica— está amenazada

03.04.2018

NUEVA YORK
Tanto los conservadores como los progresistas invocan el “bienestar del consumidor” como una inquietud central antimonopolio, pero ofrecen interpretaciones diversas de este concepto. Los conservadores hablan de un estándar de bienestar total que toma en cuenta las fusiones que aumentan la eficiencia como presumiblemente legítimas, sin importar cómo se distribuyan las ganancias entre los consumidores y los productores.

Por su parte, los progresistas también se enfocan en las consecuencias para los consumidores, pero emplean una comprensión más amplia del bienestar del consumidor, que abarca la calidad, la innovación y la oportunidad, tanto como el precio.

Recientemente, una tercera postura ha entrado en escena. Los populistas consideran el estándar de bienestar del consumidor como inadecuado, pues no pone atención a la dimensión política del antimonopolio, en particular a la conexión entre la concentración económica y el poder político corporativo. Los populistas creen que una multiplicidad de negocios es preferible a una pequeña cantidad de empresas grandes aunque los consumidores paguen precios más altos.

A pesar de nuestra afinidad hacia la interpretación populista del pasado, compartimos estas inquietudes. Al mismo tiempo, no creemos que la interpretación conservadora del bienestar del consumidor refleje adecuadamente el propósito que anima la legislación antimonopolio.

La necesidad de elaborar reglas claras y predecibles y renovar el cumplimiento nos inclina hacia el enfoque progresista, y da forma a nuestras cuatro propuestas centrales en nuestro informe reciente.

Primera, las agencias antimonopolio deben revitalizar la “suposición estructural” en contra de la concentración excesiva en un sector y hacer más rígidos los estándares de cumplimiento para las fusiones horizontales. Las agencias también deben confiar en su autoridad retrospectiva, dando marcha atrás a las fusiones si surge evidencia de efectos anticompetencia.

Segunda, las agencias deben actualizar los Lineamientos para Fusiones No Horizontales para reflejar la realidad de que la integración vertical puede tener efectos anticompetencia. Las revisiones podrían incluir desestimar la presuposición de que las fusiones no horizontales favorecen la competencia, poniendo especial atención a las adquisiciones por parte de empresas dominantes, y ubicando la carga de la evidencia en las partes fusionantes para demostrar los efectos a favor del consumidor.

Tercera, el cumplimiento antimonopolio en EE UU necesita un nuevo régimen para lidiar con los precios depredadores. Actualmente, hay pocas herramientas que esgrimir contra el antimonopolio estadounidense.

Cuarta, los costos de transacción del cumplimiento antimonopolio deben reducirse. Esto incluiría rearticular unas reglas que han permitido apelaciones automáticas a fallos antimonopolio de cortes distritales a la Suprema Corte, evitando todo un nivel de revisión a las apelaciones.

Concluimos que estas propuestas funcionarán como la base de un régimen antimonopolio reformado para el siglo XXI que pueda contar con apoyo bipartidista.