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Tegucigalpa, Honduras.-El gobierno de la República a través de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD), dio a conocer los requisitos para que las municipalidades puedan ser beneficiadas con las transferencias este año.
A través del Oficio No. 138-DSM-2026 dirigido a los alcaldes y alcaldesas municipales se da a conocer que en cumplimiento a lo establecido en el Decreto Legislativo No. 62-2026, mediante el cual se aprobaron las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2026, en el que se definen los requisitos que las municipalidades deben presentar ante la Dirección de Fortalecimiento Municipal (DFM) de la SGJD.
En el documento se da a conocer que los requisitos deben ser presentados de manera trimestral por parte de las 298 municipalidades del país.
Se detalla que para la transferencia correspondiente al Primer Trimestre de 2026, se deben presentar: Certificación de Punto de Acta notificando a la Dirección de Fortalecimiento Municipal la decisión de como destinarán los recursos del monto total de la transferencia, si por Ley de Municipalidades o porcentajes establecidos en las Disposiciones Generales del Presupuesto de la República.
Además, el Plan de Arbitrios y su respectiva Certificación de Punto de Acta aprobado por la Corporación Municipal (Art. 229 numeral 3 DGPR), rendición de cuentas acumulada en sus catorce (14) formas al IV trimestre 2025, de forma electrónica y en físico con su respectiva certificación de punto de acta aprobado por la Corporación Municipal.
Y la planilla de los colaboradores municipales con sus respectivos nombres completos, números de identidad, sueldos y salarios y fechas de ingreso a laborar.
En cuanto a las transferencias correspondientes al Segundo Trimestre de 2026 se debe cumplir con dos requisitos entre los que se destacan: constancia de avance del Plan de Desarrollo Municipal de Gestión por Resultados (PDM), extendida por la Dirección General de Planificación y Gobernabilidad Local (SGJD).
Y en segundo lugar, la rendición de cuentas acumulada en sus catorce (14) formas al I trimestre 2026, de forma electrónica y en físico con su respectiva certificación de punto de acta aprobado por la Corporación Municipal.
Mientras que para ser beneficiados con las transferencias correspondientes al Tercer Trimestre de 2026 se debe presentar la rendición de cuentas acumulada en sus catorce (14) formas al II trimestre 2026, de forma electrónica y en físico con su respectiva certificación de punto de acta aprobado por la Corporación Municipal.
Y para cobrar la transferencia correspondiente al Cuarto Trimestre de 2026 se deben cumplir con dos requisitos que son: rendición de cuentas acumulada en sus catorce (14) formas al III trimestre 2026, de forma electrónica y en físico con su respectiva certificación de punto de acta aprobado por la Corporación Municipal.
Además de la constancia de avance del Plan de Desarrollo Municipal de Gestión por Resultados (PDM), extendida por la Dirección General de Planificación y Gobernabilidad Local (SGJD).
Las autoridades de Gobernación enfatizan que “todos los documentos administrativos financieros, deberán ser presentados en versión electrónica y física en documento original, 30 días después de finalizado el trimestre y se tendrá como fecha de entrega la que conste el sello de recibido de la DFM.
Los documentos remitidos por las municipalidades deberán enviarse, en primera instancia, al correo oficial de recepción: recepcion.documentos@sgjd.gob.hn una vez revisados y con el visto bueno correspondiente, deberán ser presentados en forma física ante esta Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, a través de la Dirección de Fortalecimiento Municipal.