Tegucigalpa, Honduras.- La Asociación de Familiares y Personas Privadas de Libertad (Asocide) presentó este viernes 2 de octubre un recurso de inconstitucionalidad parcial contra el Decreto Legislativo 208-2026, correspondiente a la Ley Especial para el Combate a Asociaciones Terroristas, Maras y Pandillas y el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario Nacional.
Asocide sostiene que varias de las disposiciones contenidas en la normativa podrían vulnerar derechos fundamentales de las personas privadas de libertad y tener un carácter discriminatorio.
Jenny Almendares, abogada de Asocide, explicó que la acción legal se fundamenta en una serie de supuestos vicios constitucionales relacionados con las garantías de las personas que se encuentran recluidas en los centros penitenciarios del país.
“El recurso de inconstitucionalidad que estamos presentando es porque consideramos que las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo 208-2026, si se hace un análisis constitucional, tiene vicios en cuanto a los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad”.
“Las personas privadas de libertad tienen derecho a que se les garantice la integridad física, psíquica y moral. Tienen derecho a la recreación, tienen derecho a la comunicación, tienen derecho a comunicarse con sus familiares”, manifestó Almendares.
Principal problema
Uno de los aspectos que genera mayor preocupación para Asocide es el tratamiento establecido en el decreto tanto para las personas condenadas como para quienes permanecen bajo prisión preventiva.
Según Almendares, la normativa no establece una diferenciación entre ambos grupos, pese a que se encuentran en situaciones jurídicas distintas.
“Inclusive, lo que más nos preocupa en relación con esta normativa es precisamente el tratamiento que se le da tanto a las personas condenadas como a las personas en prisión preventiva, que no se hace una diferenciación”, expresó.
En ese sentido, Asocide también hizo referencia a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, conocidas como Reglas Mandela.
Almendares señaló particularmente el artículo 87 de estas normas internacionales y sostuvo que las disposiciones cuestionadas deben ser analizadas a la luz de los estándares nacionales e internacionales relacionados con los derechos de las personas privadas de libertad.
Asocide espera que las autoridades competentes revisen el contenido del Decreto 208-2026 y adopten las medidas que correspondan para garantizar el respeto de los derechos humanos de la población penitenciaria.