Tegucigalpa, Honduras.- El Colegio Médico de Honduras (CMH) presentó un recurso de inconstitucionalidad este miércoles ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra la Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano, tras asegurar que la normativa provocó despidos de médicos en instituciones del Estado.
El presidente del CMH, Samuel Santos, informó que el gremio interpuso el recurso en "representación de los profesionales que acudieron al colegio y otorgaron poderes para que defendieran sus derechos ante el órgano de justicia".
"Lo hacemos en virtud de ese decreto se han despedido colegas en dependencias del Estado, y se pretende seguir haciéndolo, por lo que nosotros en defensa de nuestros compañeros que han llegado al Colegio Médico y han firmado un poder para representarlos, estamos presentando ese recurso de inconstitucionalidad", aseguró.
Piden independencia judicial
El presidente del Colegio Médico manifestó que espera que la Sala de lo Constitucional resuelva el recurso con independencia y sin responder a intereses políticos, económicos o de grupos particulares.
"Esperamos la independencia del Poder Judicial, esperamos que aquí prime la justicia, que no vaya a irse de un lado a otro de acuerdo a los intereses políticos, económicos o de grupos, sino que se le haga justicia a los médicos de Honduras y que sigan los despidos", apuntó el galeno.
Santos sostuvo que el gremio busca defender a los profesionales afectados por las medidas adoptadas en diferentes instituciones estatales, entre ellas el Sistema Nacional de Emergencias 911, la Comisión Permanente de Contingencias (Copeco), Secretaría de Educación, Ministerio del Trabajo y otras dependencias públicas.
Reajuste financiero
El Congreso Nacional aprobó la Ley de Reactivación Económica y Desarrollo Humano de Honduras el 25 de febrero de 2026. La normativa declara de interés nacional la racionalización del gasto público y establece medidas fiscales y financieras extraordinarias, excepcionales y temporales para atender la situación de las finanzas del Estado.
Uno de los puntos centrales de la legislación es el artículo 3, que faculta al Poder Ejecutivo para ejecutar procesos de supresión, fusión o reducción de instituciones de la administración pública centralizada y desconcentrada durante la vigencia de la ley.
La disposición también permite reducir servicios o personal de manera forzosa, tanto en plazas con acuerdo de nombramiento como en puestos por contrato, por razones presupuestarias o para alcanzar una organización administrativa más eficiente.
Además, la ley autoriza a los titulares de las instituciones públicas a revisar actos y contratos emitidos antes de su entrada en vigor, incluidos nombramientos, despidos, concursos, contratos de bienes y servicios, obras, concesiones y licencias.
Cuando las autoridades determinen que esos actos se emitieron sin cumplir los requisitos legales o sin contar con previsión presupuestaria, podrán anularlos, cancelarlos, revocarlos, rescindirlos o modificarlos, según lo establecido en la normativa.
Con el recurso presentado ante la Sala de lo Constitucional, el Colegio Médico busca que el Poder Judicial examine la constitucionalidad de la ley, en medio de los cuestionamientos del gremio por los despidos de profesionales de la medicina en el sector público.