Tegucigalpa, Honduras.- Con 93 votos a favor, la controvertida Ley de Empleo a Tiempo Parcial, conocida también como Ley de Empleo por Hora, fue aprobada ayer en el Congreso Nacional, tras varios meses de elaboración y cabildeos entre las diferentes fuerzas políticas ahí representadas.
Luego de ser discutida en el pleno del Congreso, los diputados de cuatro bancadas aprobaron, a mano alzada, la nueva legislación en materia laboral, que entrará en vigencia una vez que sea publicada en el diario oficial La Gaceta.
Los votos a favor provinieron de 49 congresistas del Partido Nacional (PN), 41 del Partido Liberal (PL), dos del Partido Innovación y Unidad (PINU) y uno de la Democracia Cristiana de Honduras (DC).
En contraste, los 35 diputados de Libre rechazaron rotundamente su aprobación, al alegar que la medida va en detrimento de la clase trabajadora del país.
El diputado y jefe de bancada del Partido Liberal, Jorge Cálix, fue el proyectista de esta nueva ley. Tras la aprobación del articulado, expresó: “No me puedo quedar con el crédito, porque este proyecto no es de Jorge Calix, es un proyecto que ha abandonado el Partido Liberal desde la legislatura anterior; fue presentado por el diputado Mauricio Villeda y ha sido retomado por este servidor y esta bancada”.
A criterio de Cálix, impulsó la iniciativa para contar con un instrumento legal que genere condiciones laborales dignas y, además, ofrezca incentivos a la empresa para promover más empleo.
"Muchos se preguntarán cuál es la diferencia entre la Ley de Empleo Parcial que hoy estamos aprobando y la Ley de Empleo por Hora que fue derogada en los cuatro años anteriores. La diferencia con este proyecto y el anterior es que este proyecto reconoce estabilidad laboral, el décimo tercer mes de salario, el décimo cuarto mes de salario; tiene protección antidespido", detalló.
Derechos adquiridos
Alberto Cruz, presidente de la Comisión de Dictamen de la Ley de Empleo a Tiempo Parcial, afirmó que ayer fue un día histórico para Honduras en materia laboral y social.
"Yo quiero aclarar que esta ley no compite contra el Código de Trabajo. El Código de Trabajo regula una dinámica productiva de jornadas completas. Esta es una jornada parcial que ya existe en el mercado laboral, pero que no estaba regulada", expresó.
"Y como no estaba regulada, los trabajadores que están bajo estas modalidades tienen condiciones precarias, no tienen ningún tipo de derecho laboral", agregó.
Entre las bondades que tanto Cruz y Cálix como otros parlamentarios resaltaron de la legislación recién aprobada está que el trabajador a tiempo parcial tendrá derecho a vacaciones remuneradas, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario y descanso semanal, conforme a las disposiciones del Código del Trabajo, aplicadas proporcionalmente cuando corresponda, según la naturaleza de la jornada pactada.
Asimismo, las mujeres tendrán todos los derechos relativos al prenatal y al posparto, con respeto a lo establecido en el Código del Trabajo sobre el número de días de licencia por maternidad.
Además, las vacaciones se reconocerán conforme a la antigüedad del trabajador, tomando como base los días establecidos en el Código del Trabajo para cada año de servicio: 10, 12, 15 y 20 días, que constituyen el derecho anual de referencia.
Todo trabajador a tiempo parcial estará obligado a cotizar al régimen del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de seguridad social.
La cotización patronal deberá ajustarse a la cantidad mínima total requerida por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) para garantizar su operatividad normal. En cambio, la cotización del trabajador será únicamente proporcional al salario real devengado.
Asimismo, los patronos que contraten trabajadores bajo el régimen de empleo a tiempo parcial estarán obligados a cumplir con la afiliación y las aportaciones al Régimen de Aportaciones Privadas (RAP), de conformidad con lo establecido en su ley especial.
Las aportaciones se efectuarán en proporción al salario real devengado por el trabajador, en los términos previstos en la normativa aplicable.
Serán sancionados
Si bien una nueva ley puede incorporarse a la legislación laboral hondureña, su sola existencia en el papel no garantiza su cumplimiento.
Como ha ocurrido con otras normas, en la práctica sus mandatos suelen vulnerarse, especialmente cuando el Estado no los vigila de forma debida por medio de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social.
Sobre ese tópico, el diputado Alberto Cruz, señaló que "la Secretaría de Trabajo sigue teniendo la responsabilidad; en la antigua Ley de Empleo por Hora, que se aprobó en el 2010 y después se reformó en el 2013, no existía la Ley de Inspección de Trabajo".
"Ahora ya está regulada las penalidades para aquellos patronos que vulneren la normativa laboral, de manera que es un complemento para esta Ley de Empleo a Tiempo Parcial, la Ley de Inspección de Trabajo", añadió.
Cruz detalló que a los patronos que incumplan lo establecido en la Ley de Empleo a Tiempo Parcial se les impondrán multas de hasta 300,000 lempiras por cada trabajador afectado por esta normativa laboral.
Las jornadas laborales podrán ser desde 18 horas semanales, siempre que trabajadores y patronos acuerden al menos seis días de trabajo por semana, es decir, tres horas diarias.
La jornada máxima será de 32 horas semanales. Si un patrono supera ese límite durante más de tres meses, la relación laboral pasará automáticamente a considerarse de tiempo completo.