¿Cuánta agua puede almacenar un capitalino en su casa sin recibir multas?

¿Cuánta agua puede almacenar una vivienda? La normativa municipal establece capacidades permitidas y multas por incumplimientos

  • Actualizado: 18 de julio de 2026 a las 13:47
¿Cuánta agua puede almacenar un capitalino en su casa sin recibir multas?

Tegucigalpa, Honduras.- La falta de agua potable en varios sectores del Distrito Central ha obligado a los capitalinos a buscar métodos para almacenar el recurso y garantizar el abastecimiento durante los días de racionamiento.

Aunque almacenar agua en viviendas es una práctica común durante la escasez de agua, la normativa municipal establece límites sobre la capacidad de almacenamiento mediante cisternas.

De acuerdo con el Plan de Arbitrios municipal, en las viviendas residenciales se permite la construcción de cisternas con una capacidad máxima de hasta 40 metros cúbicos de agua, equivalentes a unos 40,000 litros.

Para construcciones comerciales como clínicas, bodegas, supermercados y hoteles, la capacidad permitida aumenta hasta 80 metros cúbicos, según la regulación municipal.

La disposición establece además cobros por la construcción de estos depósitos. En el sector residencial se contempla un pago de 100 lempiras por cada metro cúbico construido, mientras que en el área comercial el valor asciende a 220 lempiras por metro cúbico.

La regulación cobra relevancia debido a la actual situación de escasez de agua que enfrenta Tegucigalpa y Comayagüela, donde las autoridades han pedido a la población hacer un uso responsable del líquido.

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La Alcaldía Municipal del Distrito Central y la Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS) advierten que acciones como desperdiciar agua, lavar vehículos con mangueras o llenar depósitos sin control pueden generar sanciones.

Dentro de las medidas aplicadas durante la emergencia hídrica se contemplan multas para quienes hagan un uso irresponsable del agua potable y las sanciones pueden variar según la gravedad de la infracción cometida.

Entre las prácticas sancionables se encuentra dejar llaves abiertas, provocar fugas por falta de mantenimiento en instalaciones internas y utilizar el agua potable para actividades no autorizadas.

El Plan de Arbitrios contempla multas por uso indebido del agua. Entre ellas figuran sanciones de 300 lempiras por acciones como lavar casas con manguera, dejar llaves abiertas o no reparar fugas dentro de la vivienda.

Además, otras infracciones relacionadas con conexiones no autorizadas al sistema de agua o alcantarillado pueden alcanzar montos mayores dependiendo de la reincidencia y la gravedad del caso.

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Durante la emergencia, las autoridades municipales han señalado que el objetivo de las sanciones no es limitar el almacenamiento doméstico, sino evitar el desperdicio y garantizar una distribución más equitativa del recurso.

Los capitalinos que cuentan con tanques elevados, pilas o cisternas deben procurar mantenerlos en condiciones adecuadas para evitar pérdidas de agua por filtraciones o contaminación.

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Marbin López
Marbin López
Periodista

Licenciado en Periodismo, egresado de la UNAH. Periodista de la sección Metro desde 2023. Contador de historias, formado en reportajes de periodismo cultural. Creador de pódcast de poesía, apasionado por la literatura e historia de Honduras.

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