Cien motociclistas multados por no portar el chaleco reflectivo en la capital

Autoridades de la DNVT revelaron que 400 motociclistas fueron sancionados a nivel nacional; 100 de ellos localizados en la capital de Honduras

  • Actualizado: 12 de febrero de 2026 a las 17:20
Cien motociclistas multados por no portar el chaleco reflectivo en la capital

Tegucigalpa, Honduras.– A más de un mes de haberse anunciado la obligatoriedad del uso del chaleco reflectivo para motociclistas, la Policía Nacional (PN) inició este miércoles 11 de febrero la aplicación de multas contra quienes incumplan la normativa de seguridad vial.

Ante la medida, autoridades de la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT) aseguraron que solo en el Distrito Central, más de 100 conductores fueron multados durante el primer día de implementación formal de la medida sancionaría.

Según las autoridades de transporte, las multas por el incumplir la normativa es de 400 lempiras.

La subinspectora Ricci Montoya, portavoz de la DNVT, explicó que previo al inicio de las sanciones se desarrolló un proceso de socialización que incluyó el despliegue de agentes en distintos sectores de la capital, con el objetivo de concientizar a los motociclistas la importancia de cumplir con la disposición.

"Cuerpos de la DNVT se desplazaron a los principales puntos de flujo vial en la capital, como la salida al sur, bulevares, colonias y avenidas como parte del plan de concientización de la medida del chaleco", aseguró.

Autoridades de tránsito imponen uso obligatorio de chaleco reflectivo a motociclistas con multas de hasta 400 lempiras.
Multas de 400 lempiras recibirán motociclistas que no porten un chaleco reflectivo

Medidas

Según dirigentes de la PN, el uso del chaleco reflectivo se aplicó en horario nocturno, entre 6:00 de la tarde y las 6:00 de la mañana bajo el objetivo de reducir siniestros viales en horarios donde los motociclistas son más vulnerables ante un accidente vial.

Además, las autoridades detallaron que las bandas reflectivas deberán ser de color anaranjado, rojo o blanco y estar adheridas a un chaleco o arnés.

la Ley de Tránsito reza en el artículo 99, numeral 28, que el uso de bandas reflectoras es de carácter obligatorio tanto para conductores como para pasajeros de vehículos motorizados de dos o tres ruedas, entre ellos motocicletas, motonetas, bicimotos y otros similares.

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