Tegucigalpa, Honduras.- La Secretaría de Salud (Sesal) negó que las tiendas de ropa usada deban pagar 20,000 lempiras por una licencia sanitaria y aclaró que ese monto no es exigido a estos establecimientos.
La aclaración fue emitida este martes por la Dirección General de Vigilancia del Marco Normativo (DGVMN), luego de que propietarios de negocios de ropa de segunda mano denunciaran un supuesto nuevo requisito cuyo costo superaría los 20,000 lempiras.
La Sesal aseguró que no existe un cobro de esa cantidad por concepto de licencia sanitaria para las tiendas de ropa usada.
De acuerdo con la institución, el artículo 6, tabla IV, del Acuerdo Transitorio de Cuotas de Recuperación por Servicios Prestados establece un pago de 200 lempiras para el trámite correspondiente.
Salud también aclaró que estos establecimientos no requieren una licencia sanitaria como tal. Para este tipo de negocios se emite una constancia de cumplimiento de medidas ambientales, con una vigencia de un año.
Además, la institución indicó que el propietario del establecimiento puede realizar directamente el trámite y que no es necesario contratar a un abogado para gestionarlo.
La Sesal explicó que la Dirección General de Vigilancia del Marco Normativo tiene entre sus funciones verificar que los establecimientos cumplan las condiciones sanitarias establecidas por la legislación hondureña.
Sin embargo, la institución sostuvo que estas acciones no tienen como objetivo afectar al comercio ni limitar las oportunidades de los emprendedores, sino procurar que las actividades comerciales se desarrollen bajo condiciones sanitarias adecuadas.
La institución también resaltó que el artículo 222 del Código de Salud permite eximir de la licencia sanitaria a aquellos establecimientos o actividades que, por su naturaleza, no requieren este documento. En ese marco se encuentran las tiendas dedicadas a la comercialización de ropa usada, entre otras actividades.
La institución diferenció entre una licencia sanitaria y la constancia que se entrega a estos negocios. Mientras la licencia sanitaria autoriza determinadas actividades relacionadas con productos o servicios de interés sanitario, la constancia únicamente acredita que el establecimiento cumple con determinadas medidas ambientales.
"En este caso, certifica el cumplimiento de las medidas ambientales requeridas, pero no constituye una licencia sanitaria ni genera derechos adicionales", señala el comunicado.