Tegucigalpa, Honduras.- El presidente de la República, Nasry Asfura, delegó en su secretario privado y coordinador general de gobierno, Luis Castro, la firma de los acuerdos ejecutivos de nombramiento y cancelación en las secretarías de Estado y demás instituciones del Poder Ejecutivo.
La disposición fue publicada en La Gaceta, edición número 37,069, del 13 de febrero de 2026.
El acuerdo establece que Castro, con rango de secretario de Estado y adscrito a la Presidencia, podrá suscribir, en representación del mandatario, los actos administrativos relacionados con movimientos de personal.
El documento también precisa que él será responsable del ejercicio de las funciones encomendadas, conforme al marco legal vigente.
El sustento jurídico de esta decisión se encuentra en la Constitución de la República de Honduras de 1982, que define las atribuciones del titular del Ejecutivo y el funcionamiento de la administración pública.
El artículo 245 establece, entre las facultades presidenciales, el nombramiento y separación de los secretarios y subsecretarios de Estado y demás funcionarios conforme a la ley.
Mientras que el artículo 247 dispone que los secretarios de Estado son colaboradores directos del presidente en la orientación, coordinación y dirección de la administración pública.
A su vez, el artículo 248 indica que los decretos, acuerdos y resoluciones del mandatario deben ser refrendados por el secretario de Estado del ramo correspondiente o por el secretario general de la Presidencia para tener validez.
Aunque la Constitución confiere directamente al presidente la facultad de nombramiento, la Ley General de la Administración Pública desarrolla estos principios y permite delegar la firma de actos administrativos específicos en sus secretarios para agilizar la gestión gubernamental.
En este caso, la figura del secretario privado con rango de secretario de Estado centraliza las acciones de personal bajo el principio de responsabilidad de los funcionarios públicos.
El acuerdo fue emitido en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, el 10 de febrero de 2026, y entró en vigor tras su promulgación en La Gaceta.