Tegucigalpa, Honduras.- El Poder Judicial entrará en su segundo período de vacaciones del año 2025, correspondiente a los 13 días hábiles de ese lapso de asueto; la ciudadanía se pregunta ¿qué se puede hacer si tiene que realizar algún trámite?
En los Juzgados de Letras de Familia, hará turno un empleado judicial, que se encargará de la recepción y la entrega de pensiones alimenticias dispuestas por cada judicatura.
De igual manera, en los Juzgados de Violencia Doméstica, solo estará de turno el personal necesario, estrictamente, para atender asuntos de urgencia y cometidos en flagrancia, así como la entrega y recepción de entregas alimenticias.
Otras de las judicaturas que tendrán recurso humano en los turnos vacacionales, serán: Juzgados en Materia Penal, de la Niñez, Adolescencia y Familia, Defensa Pública y Supervisión General de Juzgados y Tribunales.
Duración
Ese espacio de vacaciones iniciará el lunes 15 de diciembre de 2025 y finalizará el 4 de enero de 2026, retornando a sus labores normales todos los trabajadores del Poder Judicial, el lunes 5 de enero.
Los días de este período vacacional son inhábiles para efectos de los términos y plazos judiciales, al tenor de lo establecido en el artículo 119, numeral 2, del Código Procesal Civil, que indica: "Son días hábiles todos los días del año, excepto los sábados y domingos, así como los días feriados legalmente autorizados y los que determine la Corte Suprema de Justicia en casos justificados".