Tegucigalpa, Honduras.- Rashid Mejía, diputado liberal, afirmó que, según la Ley Electoral, ni Libertad y Refundación (Libre) ni ningún otro partido político debe tener representación directa dentro del Consejo Nacional Electoral (CNE).
El congresista también señaló que la inclusión de Libre en el órgano electoral fue aprobada desde 2017.
“La ley no dice que tiene que ser una representación del partido Libertad y Refundación o de X partido; así ha estado desde 2017, cuando se aprobó la inclusión del partido Libertad y Refundación al Consejo Nacional Electoral”, aseguró (desde el minuto 16:35).
No obstante, su aseveración es engañosa. Aunque la Ley Electoral y la Constitución no establecen que los cargos del CNE deban pertenecer obligatoriamente a un partido político, su declaración mezcla un dato correcto con una interpretación incorrecta sobre la supuesta inclusión de Libre en 2017.
En realidad, el actual modelo del CNE fue establecido con las reformas electorales de 2019, aprobadas después de la crisis poselectoral derivada de las elecciones generales de 2017.
La normativa vigente establece que los consejeros son electos por el Congreso Nacional, sin una asignación partidaria obligatoria, aunque los partidos políticos participan en el proceso de nominación y negociación política.
La declaración de Mejía surge en el contexto de las negociaciones internas de las bancadas que integran el Congreso Nacional para la elección de las vacantes en el CNE y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE).
EH Verifica pidió comentarios a Mejía, pero hasta el cierre de esta edición no obtuvo respuesta.
Ley no obliga representación de partidos
La legislación hondureña no establece que la representación en el Consejo Nacional Electoral (CNE) deba pertenecer obligatoriamente a un partido político específico.
Ni la Constitución de la República ni la Ley Electoral regulan la integración del órgano electoral mediante cargos asignados de forma exclusiva a las fuerzas políticas representadas en el Congreso Nacional.
Es decir, la normativa no fija que un puesto del CNE corresponda obligatoriamente a Libre, el Partido Nacional, el Partido Liberal u otra fuerza política que integre el Poder Legislativo.
El artículo 11 de la Ley Electoral establece que los consejeros son electos por el Congreso Nacional mediante mayoría calificada, pero no señala que una representación pertenezca por derecho a un partido político.
Por su parte, el artículo 52 de la Constitución indica que el CNE está integrado por tres consejeros propietarios y sus respectivos suplentes, electos por el Congreso Nacional con mayoría calificada, sin establecer una vinculación partidaria obligatoria.
Expertos consultados por EH Verifica aclararon que, jurídicamente, la representación recae en las personas electas para integrar el órgano electoral y no en una propiedad partidaria establecida expresamente por la ley.
“Ni en la Constitución ni en la Ley Electoral existe tal obligación; es más no establece que los órganos electorales deben ser conformados por los partidos políticos”, explicó el exconsejero suplente del CNE, Germán Lobo.
En esa misma línea, Augusto Aguilar, exmagistrado del Tribunal Supremo Electoral (TSE, ahora CNE), ratificó que el marco legal hondureño pone en manos del Congreso Nacional la elección y distribución del órgano electoral.
Reformas en 2019
El congresista incurre en una imprecisión al señalar que esta estructura existe desde 2017. Las reformas que transformaron el sistema electoral hondureño y crearon el actual esquema institucional del CNE y del TJE fueron aprobadas en 2019, no en 2017.
En 2017, Honduras todavía operaba bajo el modelo del extinto Tribunal Supremo Electoral (TSE), organismo que concentraba las funciones administrativas y jurisdiccionales en materia electoral. Ese sistema permaneció vigente durante las elecciones generales celebradas ese año.
Fue después de la crisis poselectoral de 2017 cuando distintos sectores políticos impulsaron reformas orientadas a separar las funciones electorales y fortalecer la institucionalidad.
Como resultado de ese proceso, el Congreso Nacional aprobó en enero de 2019 una reforma constitucional que dio paso a la creación del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal de Justicia Electoral.
En esa reforma se estableció un nuevo modelo de integración del órgano electoral, en el que participaron propuestas de los partidos representados en el Congreso Nacional, incluido Libre, como parte del sistema político, pero no como una inclusión aprobada en 2017.
Las fuerzas políticas, incluido Libre, participaron en las negociaciones para definir la conformación del nuevo esquema electoral y sus órganos de dirección.
Por lo tanto, la afirmación de Rashid Mejía es engañosa. Aunque es cierto que la ley no obliga a que los cargos del CNE pertenezcan a un partido político específico, el congresista vincula incorrectamente ese hecho con la inclusión de Libre en 2017.
El actual modelo electoral fue establecido con las reformas de 2019, no en 2017, y la ley no contempla cuotas partidarias obligatorias, sino la elección de consejeros por parte del Congreso Nacional.