Tegucigalpa, Honduras.- Mario Morazán, exmagistrado propietario del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), aseguró que no fue destituido legalmente, según él, porque el pleno del Congreso Nacional no tuvo los votos para aprobar su destitución e juicio político.
"No he sido destituido legalmente (como magistrado del TJE), no tenían los votos" (sus declaraciones se pueden escuchar desde el minuto 2:06 del siguiente video).
No obstante su afirmación es falsa. Los registros del Congreso Nacional y reportes periodísticos señalan que su separación del cargo se aprobó mediante un proceso de juicio político con 88 votos a favor, cifra que supera la mayoría calificada de dos tercios exigida por la Constitución de la República de Honduras para este tipo de decisiones.
En este caso, la decisión fue adoptada en el pleno legislativo dentro del procedimiento establecido, que incluye una fase de investigación y otra de votación final.
La declaración de Morazán surge luego de que denunciara al secretario del Congreso Nacional, Carlos Ledezma, por los delitos de traición a la patria y contra la fe pública, tras su destitución mediante juicio político.
EH Verifica pidió comentarios a Morazán sobre su aseveración, pero hasta el cierre de este fact-check, no se obtuvo respuesta.
Destitución por juicio político
El Tribunal de Justicia Electoral (TJE) es un órgano jurisdiccional del Estado hondureño cuyos magistrados pueden ser sometidos a procesos de separación del cargo mediante el mecanismo de juicio político.
Este procedimiento está previsto en la Constitución de la República, en los artículos 205 y 234, que regulan las atribuciones del Congreso Nacional y las causales de este tipo de procesos contra altos funcionarios del Estado.
El artículo 234 establece que el juicio político puede aplicarse a funcionarios electos por el Congreso, entre ellos magistrados, cuando existan denuncias graves relacionadas con el desempeño del cargo, por actuar contra la Constitución, por negligencia o incapacidad en sus funciones.
Este marco constitucional es el que habilita al Congreso Nacional para iniciar procesos de este tipo.
La Constitución también establece que la destitución de funcionarios sometidos a juicio político requiere mayorías calificadas en el Congreso Nacional. En el caso de magistrados y otros funcionarios distintos al presidente de la República, la aprobación requiere al menos dos tercios de los diputados.
Mayoría calificada
En el caso específico de Mario Morazán, magistrado del Tribunal de Justicia Electoral, su destitución se produjo dentro de un proceso de juicio político aprobado por el Congreso Nacional.
De acuerdo a lo informado por el Congreso Nacional, la votación alcanzó 88 votos a favor de la separación del cargo, cifra que supera el umbral de dos tercios requerido por la Constitución para este tipo de decisiones legislativas.
La cobertura de EL HERALDO detalla que la votación se realizó en sesión plenaria del Congreso Nacional como parte del procedimiento legislativo correspondiente al juicio político, el cual incluyó la discusión del informe de la comisión especial y la posterior votación del pleno legislativo.
El procedimiento de juicio político en Honduras está diseñado en dos etapas: una fase de investigación realizada por una comisión especial del Congreso y una fase de discusión y votación en el pleno legislativo. Esta estructura está contemplada en el marco constitucional y legal del país.
En ese sentido, los registros legislativos y la cobertura periodística coinciden en que la destitución se aprobó con 88 votos, lo que supera el umbral constitucional requerido, por lo que la decisión fue adoptada conforme al procedimiento establecido para el juicio político.
El abogado Germán Licona aclaró que si el Congreso Nacional aprueba el juicio político, esto significa que se declara procedente el proceso contra el funcionario investigado y, como consecuencia, se aplica la destitución.
“Si se aprueba, se declara con lugar el juicio político, esto implica la destitución e inhabilitación para ejercer esos cargos públicos de los cuales ellos se han venido desempeñando”, afirmó Licona.
Por lo tanto, la afirmación de Germán Licona es falsa. La Constitución de la República de Honduras establece que la destitución de altos funcionarios mediante juicio político requiere mayoría calificada de dos tercios del Congreso Nacional.
En el caso de Morazán, el proceso fue sometido a votación en el pleno legislativo como parte del mecanismo de juicio político. De acuerdo a la votación del pleno, la decisión de separarlo del cargo fue aprobada con 88 votos a favor, cifra que supera el umbral constitucional requerido para este tipo de resoluciones.
En consecuencia, el procedimiento se enmarcó dentro del mecanismo previsto por la Constitución y la Ley de Juicio Político, que establece que la aprobación del juicio político implica la destitución del funcionario