Tegucigalpa, Honduras.- Mario Morazán, exmagistrado propietario del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), aseguró que no fue destituido legalmente, según él, porque el pleno del Congreso Nacional no tuvo los votos para aprobar su destitución e juicio político.
"No he sido destituido legalmente (como magistrado del TJE), no tenían los votos" (sus declaraciones se pueden escuchar desde el minuto 2:06 del siguiente video).
No obstante su afirmación es falsa. Los registros del Congreso Nacional y reportes periodísticos consultados indican que su destitución fue aprobada con 88 votos a favor, una cifra que supera la mayoría calificada de dos tercios requerida por la Constitución de la República de Honduras para este tipo de decisiones.
El procedimiento de juicio político contempla una fase de investigación y una votación final en el pleno legislativo. En el caso de Morazán, de acuerdo con los registros citados, la decisión fue adoptada por el pleno del Congreso Nacional dentro de ese proceso.
La declaración de Morazán surgió después de que denunciara al secretario del Congreso Nacional, Carlos Ledezma, por los delitos de traición a la patria y contra la fe pública, tras su destitución mediante juicio político.
EH Verifica solicitó comentarios a Morazán sobre su aseveración, pero hasta el cierre de este fact-check no obtuvo respuesta.
Destitución por juicio político
El Tribunal de Justicia Electoral (TJE) es un órgano jurisdiccional del Estado hondureño. Sus magistrados pueden ser sometidos a procesos de separación del cargo mediante el mecanismo de juicio político.
Este procedimiento está previsto en la Constitución de la República, específicamente en los artículos 205 y 234, que regulan las atribuciones del Congreso Nacional y las causales para iniciar este tipo de procesos contra altos funcionarios del Estado.
El artículo 234 establece que el juicio político puede aplicarse a funcionarios electos por el Congreso Nacional, entre ellos los magistrados, cuando existan denuncias graves relacionadas con el desempeño del cargo, actuaciones contrarias a la Constitución, negligencia o incapacidad en el ejercicio de sus funciones.
Ese marco constitucional faculta al Congreso Nacional para iniciar procesos de juicio político contra los funcionarios comprendidos en la norma.
La Constitución también establece que la destitución de funcionarios sometidos a juicio político requiere mayorías calificadas en el Congreso Nacional. En el caso de magistrados y otros funcionarios distintos al presidente de la República, la aprobación requiere el voto favorable de al menos dos tercios de los diputados.
Mayoría calificada
En el caso específico de Mario Morazán, magistrado del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), su destitución se produjo mediante un proceso de juicio político aprobado por el Congreso Nacional.
De acuerdo con lo informado por el Congreso Nacional, la votación alcanzó 88 votos a favor de la separación del cargo, cifra que supera el umbral de dos tercios requerido por la Constitución para este tipo de decisiones legislativas.
La cobertura de EL HERALDO detalla que la votación se realizó en sesión plenaria del Congreso Nacional, como parte del procedimiento legislativo correspondiente al juicio político. El proceso incluyó la discusión del informe de la comisión especial y la posterior votación del pleno.
El procedimiento de juicio político en Honduras está diseñado en dos etapas: una fase de investigación, realizada por una comisión especial del Congreso Nacional, y una fase de discusión y votación en el pleno legislativo. Esta estructura está contemplada en el marco constitucional y legal del país.
En ese sentido, los registros legislativos y la cobertura periodística coinciden en que la destitución fue aprobada con 88 votos, una cifra superior al umbral constitucional requerido. Por ello, la decisión fue adoptada conforme al procedimiento establecido para el juicio político.
Germán Licona, abogado, aclaró que si el Congreso Nacional aprueba el juicio político, esto significa que se declara procedente el proceso contra el funcionario investigado y, como consecuencia, se aplica la destitución.
“Si se aprueba, se declara con lugar el juicio político; esto implica la destitución e inhabilitación para ejercer esos cargos públicos de los cuales ellos se han venido desempeñando”, comentó.
Por lo tanto, la afirmación de Mario Morazán es falsa. La Constitución de la República de Honduras establece que la destitución de altos funcionarios mediante juicio político requiere una mayoría calificada de dos tercios del Congreso Nacional.
En el caso de Morazán, el proceso fue sometido a votación en el pleno legislativo como parte del mecanismo de juicio político. De acuerdo con la votación del pleno, la decisión de separarlo del cargo fue aprobada con 88 votos a favor, cifra que supera el umbral constitucional requerido para este tipo de resoluciones.
En consecuencia, el procedimiento se enmarcó en el mecanismo previsto por la Constitución y la Ley de Juicio Político, que establecen que la aprobación del juicio político implica la destitución del funcionario investigado.