Tegucigalpa, Honduras.- Los adolescentes que buscan incorporarse al mercado laboral en Honduras deben cumplir con una serie de requisitos legales antes de comenzar a trabajar, entre ellos obtener una autorización de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (Setrass).
De acuerdo con una publicación de la Setrass, los jóvenes menores de edad deben realizar este trámite para poder laborar legalmente en el país, siempre que cumplan con las condiciones establecidas por las autoridades.
Entre los requisitos para obtener una autorización figuran: tener entre 14 y menos de 18 años, contar con una oferta de trabajo verbal o escrita, así como recibir una orientación laboral, formativa y educativa en compañía de su padre, madre, hermano mayor de edad o representante legal, según corresponda.
¿Sabías que si sos menor de 18 años, necesitas autorización para poder trabajar? 👧👦📄La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (SETRASS), te orienta y acompaña en este proceso para que cumplas con los requisitos establecidos. 🤝✅ https://t.co/KiRbCbRujK
— Secretaría de Trabajo y Seguridad Social HN (@Trabajo_hn) October 27, 2026
Además, el Reglamento sobre Trabajo Adolescente Protegido contempla documentación complementaria para tramitar la autorización, entre ella la certificación de nacimiento, una constancia de estudios, fotografías tamaño carné y documentos relacionados con la oferta de empleo y la orientación laboral recibida.
¿Dónde se solicita el permiso de trabajo para menores?
El trámite debe realizarse de manera presencial en las oficinas de la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, institución responsable de emitir las autorizaciones para adolescentes que cumplen con los requisitos legales.
En el caso de los jóvenes que residen en el Distrito Central, la gestión puede efectuarse en el Centro Cívico Gubernamental (CCG), mientras que quienes viven en otros municipios deben acudir a la oficina regional de la Setrass más cercana.
¿Cuántas horas puede trabajar un menor de edad en Honduras?
La legislación hondureña establece límites a la jornada laboral de los adolescentes para proteger su salud, seguridad y educación.
De acuerdo con el artículo 125 del Código de la Niñez y Adolescencia, quienes tienen entre 14 y menos de 16 años no pueden trabajar más de cuatro horas diarias, mientras que los adolescentes de 16 y menos de 18 años tienen un límite de seis horas al día.
Asimismo, existen restricciones para el trabajo nocturno y para las actividades que puedan poner en riesgo la integridad física o moral de los menores, por lo que contar con una autorización no significa que puedan desempeñarse en cualquier ocupación.
Las personas que necesiten información adicional pueden consultar el sitio oficial de la institución en www.trabajo.gob.hn, donde se encuentran los procedimientos relacionados con la protección de los menores trabajadores.
De esta manera, quienes deseen trabajar antes de cumplir los 18 años deben verificar los requisitos, recibir la orientación correspondiente y tramitar la autorización antes de incorporarse a un empleo.