Honduras

Se necesitan 6 años para entrar a primero

La viceministra de Educación afirma que “la ley es clara”, aunque dice que se pueden hacer excepciones.

16.01.2014

“Dura lex sed lex” es una frase latina que significa “dura es la ley, pero es la ley”.

Pues eso precisamente es lo que sostiene la viceministra de Educación, Elia del Cid, que opinó sobre la nueva determinación de la Secretaría de Educación de permitir la matrícula de niños de cinco años en el primer grado.

Del Cid afirmó que la ley obliga que para ingresar al primer ciclo, los menores deben tener seis años, “esa es la ley, eso es lo que dice la Ley Fundamental de Educación”.

A la viceministra se le pidió su opinión luego de que el ministro del ramo, Marlon Escoto, polemizara con el presidente de la Comisión de Transición de Educación, Marcial Solís, porque este último sostuvo que matricular niños de cinco años en primer grado “lo prohíbe la ley”.

La viceministra explicó que las estimulaciones académicas de prebásica (donde deben estar los niños de cinco años) es diametralmente distinta a la del primer grado y por eso la ley impone esos límites en las edades.

“Obviamente hay casos de niños extraordinarios que con una corta edad pueden ingresar al primer grado, y allí se pueden hacer las excepciones”, afirmó Del Cid.

Qué dice la ley

En la Sección Segunda de la Ley Fundamental de Educación referente “De la Educación Prebásica” en el artículo 21 dice que “... la cobertura de este nivel corresponde a educandos entre las edades de referencia de cuatro (4), cinco (5) y seis (6) años”.

En la Sección Tercera referente “de la Educación Básica” la ley dice, en su artículo 22 párrafo segundo, que “la educación básica es gratuita y obligatoria. Consta de nueve (9) años, con edades de referencia desde los seis (6) a los catorce (14) años y se divide en tres (3) ciclos secuenciales y continuos de tres años cada uno...”.

Pero el más claro es el Reglamento de Educación Básica, creado por la comisión ad hoc durante 2013 y vigente a partir de este año, que en el Capítulo IV referente a “Los educandos” en su artículo 43 dice: “Las edades para ser matriculados en los diferentes ciclos de la educación básica son los siguientes: Primer Ciclo, grados del 1 al 3, de los seis (6) años a los ocho (8) años...” y así sucesivamente en los siguientes ciclos.

Escoto emitió, a finales de 2013, un acuerdo ministerial en el que autoriza a todos los directores a matricular en primer grado a niños de cinco años, pero para eso deben cumplir una serie de requisitos.

Primero, que se demuestre que en la comunidad donde reside el niño no exista ni kínder ni centro de prebásica y que además el niño cumpla los seis años antes del 31 de diciembre del año en que se matricule.

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