Tegucigalpa, Honduras.-La Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización se mantiene en silencio ante el caso de Johny Alejandro Carrasco, alcalde de Yuscarán, El Paraíso, quien aparece en un video ingiriendo bebidas alcohólicas y fumando dentro de un salón municipal.
El bochornoso video, divulgado el 11 de julio, expuso al edil consumiendo alcohol en instalaciones de la municipalidad y desató cuestionamientos sobre su conducta y el uso de un espacio público.
Pese a la controversia, la Secretaría de Gobernación no ha explicado si evaluará los hechos ni si existe la posibilidad de iniciar algún procedimiento administrativo.
EL HERALDO buscó una postura oficial de las autoridades de Gobernación para conocer qué acciones podrían emprenderse ante el caso. No hubo respuesta.
Medidas
No obstante, el caso ya es objeto de análisis dentro del Tribunal de Honor de la Asociación de Municipios de Honduras (Amhon).
El alcalde de Danlí y secretario de ese órgano, Abraham Kafati, confirmó que el comportamiento del edil será revisado para determinar las medidas correspondientes.
“Como miembros del Tribunal de Honor vamos a tener que llamar al orden al alcalde, porque en realidad es una falta de respeto a toda la ciudadanía; se supone que la sociedad lo eligió para dar el ejemplo”, apuntó.
Kafati explicó que las sanciones aún no han sido definidas y que el comité continúa evaluando el expediente antes de emitir una resolución.
Asimismo, detalló que el caso continúa bajo revisión pese a que el alcalde ya ofreció disculpas públicas.
"El alcalde de Yuscarán pidió disculpas, pero de todas formas también se está analizando qué procede en ese caso. Tenemos que analizar bien las cosas; nosotros no nos podemos partir de la primera, sino que ver qué es lo que va a suceder".
Intervención y revisión ética
De forma paralela, asociaciones de la sociedad civil consideran que el caso no debe limitarse únicamente al análisis administrativo de la Amhon.
Las organizaciones solicitaron que las futuras acciones disciplinarias también sean conocidas por el Comité de Probidad y Ética Pública de la Municipalidad de Yuscarán, instancia responsable de determinar la gravedad de las posibles faltas cometidas por los funcionarios municipales y que es auditada por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
El artículo 15 del Código de Conducta Ética del Servidor Público establece restricciones sobre el uso de instalaciones públicas para actividades ajenas a la función estatal.
La normativa dispone que "en ningún caso se deben utilizar las instalaciones, el personal o los recursos materiales y financieros de las oficinas o dependencias públicas con fines de proselitismo político, religioso o gremial. En los lugares de trabajo queda prohibida toda actividad ajena a la función pública".
Indicación
Tras la viralización del video, la Amhon también emitió un pronunciamiento dirigido a todos los alcaldes del país, en el que hizo un llamado a actuar con responsabilidad y mantener una conducta acorde con las obligaciones del cargo edilicio.
En el comunicado, la asociación recordó que quienes ejercen cargos de elección popular deben actuar con prudencia, ética y respeto hacia la confianza depositada por la ciudadanía.
“La conducta de las autoridades municipales debe estar en todo momento a la altura de la confianza depositada por la ciudadanía”, expresó la asociación.