Honduras

Excarcelarían a reos en fase terminal

En los centros penales hay una sobrepoblación de privados de libertad y viven en hacinamiento.

31.03.2014

En los 24 centros penales del país existen alrededor de 13,000 privados de libertad, de los cuales se estima que el 60 por ciento no se encuentran sentenciados, por lo que no son aptos para ser beneficiados con un indulto.

A raíz de eso, se calcula que unos 1,200 reos son los que pueden gozar de un indulto por parte del Presidente de la República, que es el que otorga ese beneficio a las personas que se les ha aplicado una condena firme por parte del tribunal competente.

Dennis Gallegos, exsecretario general de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, comentó que en Honduras existen unos 6,000 reos que tienen sentencia, y es por eso que los que pueden optar no andan en más de 1,200 personas, lo que significa menos de un diez por ciento del total de la población penitenciaria.

“La mayoría de los reos están procesados pero no han sido sentenciados, y uno de los requisitos para que se otorgue o gocen de un indulto es que el privado de libertad esté con una sentencia firme, que no admita recurso alguno”, dijo Gallegos.

Sin embargo, una fuente confiable dijo a EL HERALDO que el gobierno podría excarcelar a unos 400 reos, aquellos que están con problemas de salud grave, algunos con enfermedades terminales.

El funcionario comentó que existe una ley que establece que se puede otorgar un indulto por razones humanitarias, .
Pero en la misma normativa también está establecida la exclusión del mismo para aquellas figuras delictuales del crimen organizado que por regla general no pueden aplicar a ese beneficio.

“El indulto es un beneficio para los privados de libertad que según la Constitución de la República, lo otorga el Presidente y no es un derecho, porque el Presidente tiene la facultad de otorgar, no otorgar o engavetarlo”, dijo.

Las personas que se encuentran recluidas en los centros penales del país pueden ser favorecidas con una excarcelación por razones humanitarias, aunque no cumplan con todos los requisitos que establece la ley.

Basta que el reo se encuentre con una circunstancia excepcional como que la madre que está presa y tiene un hijo con un impedimento que no le permite valerse por sí mismo y no tienen ninguna otra persona para que lo auxilie, la madre puede optar al indulto por razones humanitarias.

También las personas que padecen una enfermedad terminal que limita su capacidad de locomoción o que tiene una limitación mental para permanecer en un centro de reclusión.

Según las autoridades de derechos humanos, la finalidad de un indulto es descongestionar los centros penales.

En los 24 centros penales de Honduras hay privados de libertad que pueden ser beneficiados del indulto por excarcelación por razones humanitarias.

“Uno de los requisitos para ser indultado es no ser reincidente”. La reincidencia es cuando una persona comete un delito y dentro de los próximos cinco años comete un delito de la misma naturaleza o similar.

El ser reincidente limita el derecho del indulto a un reo al igual que otros derechos que le otorga el Código Procesal Penal de Honduras.

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