Honduras

Escalofriante venta subvaluada de ganado vacuno

OABI/MP vendió 127 vacas al irrisorio precio de 200,000, es decir, 1,574 lempiras cada una También se vendió un lote de 64 cerdos por 40,000 lempiras, es decir, a 625 cada uno.

07.04.2014

Un lote de ganado vacuno y porcino, que fue incautado en octubre de 2011, fue vendido por la Oficina Administradora de Bienes Incautados del Ministerio Público a precios irrisorios y mediante procedimientos que dejan al descubierto toda una serie de inconsistencias que deberán ser investigadas por la Comisión Interventora del Ministerio Público.

El expediente original de esta venta, mediante subasta, curiosamente fue sustraído durante un misterioso asalto en la sede de la OABI en el bulevar Suyapa, el 6 de enero de 2012, es decir, dos días antes de que tomaran posesión las nuevas autoridades, ya bajo el control de la presidencia de la República.

Sin embargo, existía una copia del expediente a la que tuvo acceso la Unidad Investigativa de EL HERALDO y la cual devela las inconsistencias que ponen en tela de juicio la transparencia del proceso seguido en 2011.

Según el expediente, el 24 de octubre de 2011, la OABI como dependencia del Ministerio Público llegó a tomar posesión de un inmueble localizado en la aldea La Rosita, Esparta, Atlántida.

De esta finca se ordenó tomar posesión diez días antes en cumplimiento a una orden judicial de aseguramiento emitida por el Juzgado de Letras de Privación Definitiva de Dominio, es decir, el 14 de octubre de 2011.

Según el acta de inspección, en la operación que inició a las 7:14 de la mañana del 24 de octubre participó personal de la Fiscalía Especial de Privación,
analistas de investigación, personal de la Dirección de Lucha contra el Narcotráfico, Fuerza Naval y OABI.

En el documento establecen que la finca Los Tucanes tiene una extensión aproximada de 40 manzanas.

La inspección se suspende en esa finca a las 9:15 de la mañana, ya que por orden del fiscal deciden trasladarse a la aldea Guadalupita, ubicada a unos 15 kilómetros.

Según el documento de inspección, salen hacia la Guadalupita al ser informados que ahí está el ganado propiedad de Carlos Arnoldo Lobo, por lo que “urge desplazarse porque puede ser trasladado a otro destino”.

Ya en la propiedad, un hombre que dice ser el capataz reconoce que en efecto hay ganado, pero advierte que está en una propiedad retirada, por lo que accede a recogerlo y tenerlo reunido a las 3:00 de la tarde.

Los fiscales aceptan la propuesta, pero, curiosamente, en el acta de inspección no consta cuántas cabezas fueron entregadas por el capataz a los oficiales y fiscales.

Tampoco consta si personal de la fiscalía, de la DLCN o de la Fuerza Naval acompañó al capataz para asegurarse de que todo el ganado fuera debidamente asegurado.

El acta de inspección se cierra a las 16:00 horas del mismo 24 de octubre, sin que conste cuántas cabezas fueron encontradas en esa propiedad de la Guadalupita.

Posteriormente, en un memorándum de la OABI/MP, enviado el 1 de noviembre de 2011 por Wilfredo Núñez (coordinador de Seguridad) a Omar Humberto Zúniga (director gerente), se establece que en la propiedad se encontraron 127 cabezas de ganado de todo tipo de razas, entre pequeños, medianos y grandes.

Este ganado, cuya cifra no se hizo constar en el acta de inspección original, se afirma que fue trasladado el mismo día de la Guadalupita a la hacienda Los Tucanes, en la aldea Rosita, “para evitar que fuera robado, ya que aparecieron otros dueños del ganado aduciendo que era de ellos”.

El memorándum establece que ese mismo 24 de octubre de 2011 se contrataron dos mayordomos, uno para la finca Los Tucanes y otro para la Guadalupita, a fin de que “se hiciera cargo del mantenimiento y cuidado del ganado, cerdos y así como la plantación de palma africana”.
Inconsistencias

Curiosamente, ni el acta de inspección del 24 de octubre de 2011 ni el memorándum del 1 de noviembre de 2011 establecen que el ganado estuviera en condiciones deplorables.

En cambio, ambos documentos sí establecen que Los Tucanos tiene una extensión de 40 manzanas de terreno, “incluyendo pastizales para ganado”.

En el caso de la Guadalupita, Wilfredo Núñez únicamente informa en su memorándum que el ganado se trasladó
a Los Tucanes “para evitar que fuera robado”.

En ese sentido, en ningún momento, ni el acta de inspección ni el memorándum con el informe de gira, hablan de que el ganado fuera movilizado por no existir fuentes de agua ni se establece que los animales estuvieran en condiciones deplorables que obligaran a venderlos de inmediato para evitar su muerte.

Además, tal argumento sería incongruente con la temporada del año, en virtud de ser octubre el mes más lluvioso del año y, por tanto, el mes con los pastizales.

La copia del expediente en poder de EL HERALDO solo contiene una recomendación (no se sabe si el documento pudiera haber tenido más páginas).

La recomendación dice que los mayordomos recomiendan
hacer el corte de la palma africana en la primera semana de noviembre para evitar la pérdida.

En la copia de este expediente no se lee ninguna recomendación que sugiera la venta del ganado. Pese a lo anterior, el mismo memorándum del 1 de noviembre indica que el viernes 28 de octubre de 2011 (cuatro días después de haber sido asegurado el ganado), el abogado Omar Humberto Zúniga ordenó hacer entrega del ganado y de los cerdos, porque habían sido vendidos mediante subasta anticipada.

“El día viernes 28 de octubre a las once de la mañana en punto recibí instrucciones del abog. Omar Zúniga para que hiciera entrega al ingeniero Caballero de 127 cabezas de ganado vacuno (pequeño, grande y mediano); el mismo día en horas de la tarde se le hizo entrega la cantidad de 73 cerdos (pequeños, medianos y grandes) a la señora Nelly Galeas, por medio de subasta anticipada”.

Este inciso tampoco expone que las vacas o los cerdos estén en condiciones deplorables.

La subasta

La subasta anticipada tiene serias inconsistencias que deberán ser investigadas por la Comisión Interventora del Ministerio Público.

Según el documento en poder de EL HERALDO, esta subasta fue fundamentada en el artículo 72 de la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes de Orígenes Ilícitos.

EL HERALDO buscó la ley para ver bajo qué circunstancias se pudo haber vendido este ganado vacuno y porcino, siendo aplicables únicamente dos artículos 71 y 72, los cuales contienen rigurosos controles que no fueron cumplidos por la OABI/MP. En el caso del artículo 71, que era el aplicable, la ley establece que los semovientes pueden ser vendidos o subastados, pero para ello se requiere la autorización del órgano jurisdiccional, es decir, del juez de Letras de Privación de Dominio.

Además, este artículo 71 establece que el objetivo de un proceso de venta debe ser “obtener el mayor rendimiento”.

Asimismo, este artículo dice que la enajenación, subasta y venta anticipada se hará a solicitud de la OABI con conocimiento del fiscal general y de la Unidad contra el Lavado de Activos (UCLA). En el caso del artículo 72, que fue el que se aplicó como sustento para la subasta anticipada, establece que se debe haber declarado la privación definitiva del dominio.

Además, indica que los bienes deben estar en estado de “deterioro completo”.

Una transacción de esta naturaleza, dice el artículo 72, debe tener la autorización previa de la Fiscalía General. En el expediente en poder de EL HERALDO, no constan evidencias que sustenten la acción de la OABI/MP.

Para el caso, el juez de Privación de Dominio no autorizó la venta o subasta, según consta en un oficio enviado por el juez German Obando Motiño, con fecha 5 de junio de 2012 (siete meses después de la subasta), en la que pide al director de la OABI informar en 48 horas sobre “la supuesta subasta anticipada de los bienes cuya titularidad se le acredita al señor Carlos Arnoldo Lobo”.

En el acta de subasta anticipada, que se levantó el 28 de octubre de 2011, no consta si el proceso se hizo con autorización o con conocimiento del fiscal general, como establece la ley.

De hecho, en la copia del expediente no se ven certificaciones u oficios de la Fiscalía General que autoricen la venta, tal y como lo establece el artículo 72, aunque no se descarta que las mismas pueden existir.

Además, el artículo 72 que se aplicó indica que para la venta o subasta anticipada se debe haber declarado la privación definitiva del dominio.

Al aplicarse el artículo 72, forzosamente debe existir una autorización del fiscal general, ya que el mismo reza: “...previa autorización de la Fiscalía General y con informe a UCLA”.

Aunque el estado deplorable del ganado no consta en el acta de inspección del 24 de octubre ni en el memorándum del 1 de noviembre de 2011, sí existe una constancia emitida por la Dirección de Ciencia y Tecnología Agropecuaria (Dicta), firmada por el coordinador regional Noé Danilo Figueroa.

Esta constancia indica que se evaluó en su conjunto todo el lote de ganado y cerdos, pero no cabeza por cabeza para lograr un mejor rendimiento en la venta. Curiosamente, la constancia es emitida el 28 de octubre de 2011, es decir, el mismo día que se hizo la subasta.

Cómo sabían los oferentes de la subasta cuál sería el precio base si ni siquiera tenían el avalúo de Dicta. Además, si la constancia se emitió hasta el 28 de octubre,
bajo qué términos se hizo el anuncio de subasta pública (si acaso se hizo) si aún no se conocía el evalúo.

Además, vale preguntarse quién informó a los tres oferentes o cómo supieron ellos que esa subasta se realizaría en esa fecha. La constancia de Dicta indica que en la finca La Rosita había un lote de 127 bovinos y solo señala que “el estado físico de estos animales no era el mejor debido al mal manejo, así también su calidad genética no es la mejor”.

“El costo en subasta puede ser de 200,000 a 300,000 lempiras”, dice la constancia de Dicta. Bajo el entendido de que es una subasta, se presume que el objetivo es lograr mayores precios al definido como base, mediante la “puja” (ofertas y contraofertas).

Sin embargo, en el acta de subasta anticipada se indica que al declararse “abierta la puja”, Edwar Morales ofrece 145,000 lempiras, Marcio Gallegos ofrece 155,000, Julio Chacón oferta 165,000, José Larreynaga ofrece 180,000 y Marcio Gallegos 200,000, es decir, coincidentemente el precio mínimo fijado para subasta por Dicta.

Por los 64 cerdos, solo ofrece 40,000 lempiras el señor Julio Ricardo Chacón, a quien se le adjudican.

Esto significa que cada cabeza de ganado vacuno se vendió a un promedio de 1,574 lempiras, pese a que tierra adentro cualquier campesino puede vender una vaca criolla por 10,000 lempiras si su condición no es buena y hasta en 14,000 o 20,000 lempiras si está bien nutrida.

En el caso de los cerdos, cada uno se vendió en promedio a 625 lempiras.

De acuerdo al acta de subasta anticipada, a los interesados solo se les notificó que había un avalúo de dicho ganado, el cual se mantendría en reserva a fin de permitir a la OABI decidir la aceptación de la oferta sobre el total, la cual tendrá preeminencia sobre ofertas parciales.

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