Tegucigalpa, Honduras.- El Congreso Nacional aprobó el lunes 12 de octubre reformas al decreto 86-2026, que regula un régimen excepcional de quórum en el Consejo Nacional Electoral (CNE), y agregó disposiciones relacionadas con la presidencia de ese organismo y del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), cuyas vacantes siguen pendientes de sustitución.
Uno de los cambios establece que, mientras se mantenga el régimen excepcional, el pleno del CNE podrá sesionar para tomar decisiones que le correspondan conforme a la Constitución y las leyes, pero no podrá adoptar decisiones sobre la declaratoria, revisión, modificación o nulidad de resultados de las elecciones de 2025 en ninguno de los tres niveles electivos.
La medida también define cuándo terminará automáticamente ese régimen. Esto ocurrirá cuando se restablezca la integración completa del CNE, conforme al artículo 52 de la Constitución, o cuando venza la vigencia del decreto, lo que suceda primero.
Durante la sesión, el jefe de bancada del Partido Liberal, Jorge Cálix, propuso incorporar tres artículos adicionales al decreto.
El primero autoriza, por única vez y con carácter excepcional y transitorio, la continuidad de Aixa Gabriela Zelaya Gómez en la presidencia del CNE y de Mario Flores Urrutia en la del TJE, mientras el Congreso no elija a los sustitutos de los funcionarios destituidos mediante juicio político.
La disposición establece que la presidencia de cada organismo será asumida por el consejero o magistrado propietario que el Congreso nombre para cubrir la vacante correspondiente.
Cálix sostuvo que la medida busca regular temporalmente la situación mientras se concretan esas elecciones y aclaró que no modifica la organización interna de ambos órganos electorales.
Otro agregado establece que el TJE podrá adoptar decisiones que correspondan a su pleno jurisdiccional con el voto unánime de los dos magistrados que actualmente se encuentran en funciones y estén presentes en la sesión.
La disposición tendrá carácter excepcional y provisional, mientras se designan los sustitutos de los magistrados destituidos mediante juicio político.
El tercer artículo incorporado regula las cotizaciones previsionales de los consejeros del CNE que sean nombrados de manera interina, extraordinaria o bajo cualquier modalidad transitoria.
Estos deberán incorporarse obligatoriamente al régimen del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) desde su toma de posesión y durante todo el periodo del nombramiento.
La norma también obliga al órgano empleador a deducir la cotización mensual del salario y entregar la aportación patronal correspondiente.
El tiempo servido bajo esa modalidad será computable para efectos de antigüedad, jubilación, pensiones y demás prestaciones contempladas en la ley.
El decreto aprobado tendrá una vigencia de dos meses a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.
La reforma, por tanto, establece un plazo temporal para las disposiciones aprobadas, mientras continúa pendiente el nombramiento de los funcionarios que deben cubrir las vacantes en los órganos electorales.
La diputada de Libertad y Refundación (Libre), Angélica Smith, cuestionó la iniciativa y afirmó que su partido queda fuera de la integración de los órganos electorales, pese a que, según sostuvo, le correspondería participar en la rotación de la presidencia del CNE.
“Una vez más se trae una iniciativa de ley al pleno del Congreso Nacional en donde queda evidenciado que, en el fondo de esta iniciativa, una vez más el Partido Libertad y Refundación queda fuera de los órganos electorales”, expresó Smith.
La congresista exigió que se permita a Libre integrar los organismos electorales y sostuvo que su participación contribuiría al equilibrio entre las fuerzas políticas.
También cuestionó el juicio político que derivó en las destituciones y pidió garantías de imparcialidad y transparencia para los próximos procesos electorales.