Tegucigalpa, Honduras.- El jefe de la bancada del Partido Nacional, Tomás Zambrano, afirmó que "el presupuesto (para las elecciones generales) se tiene que aprobar a más tardar el 15 de mayo, (el dinero) lo tienen en la partida confidencial (449)”. (a partir del minuto 5:13).
Sin embargo, es engañoso. La Ley Electoral no establece de manera textual que el presupuesto para las elecciones generales deba aprobarse a más tardar el 15 de mayo.
Lo que sí establece son plazos técnicos, como la adjudicación del TREP al menos cuatro meses antes de los comicios, lo que obliga al Congreso a aprobar el presupuesto electoral con suficiente antelación.
Además, Zambrano aseguró que los fondos que se destinarán para los comicios generales están contenidas en la partida 449, conocida como la confidencial, lo que es cierto.
EL HERALDO Verifica contactó a Zambrano para consultar sobre su aseveración, pero hasta el momento, no se obtuvo respuesta.
No hay plazo específico
Al consultar la Ley Electoral no se establece de manera textual que el presupuesto para las elecciones generales se debe aprobar a más tardar el 15 de mayo u otra fecha en específico.
El artículo 21 de la Ley Electoral indica que el Consejo Nacional Electoral (CNE) elaborará los presupuestos para las elecciones primarias y generales para que, posteriormente, son remitidos al Congreso Nacional, sin ningún plazo en concreto.
“Elaborar los presupuestos especiales para las elecciones primarias y las elecciones generales para su remisión al Congreso Nacional”, indica el precepto.
Por ejemplo, para las elecciones generales de 2021, el Congreso Nacional aprobó el presupuesto electoral hasta el 3 de agosto de ese año, es decir, cuatro meses antes de los comicios.
Eso sí, la normativa electoral sí estípula que el CNE debe tener adjudicado el Sistema de Transmisión y Divulgación de Resultados Electorales Preliminares (TREP) cuatro meses antes de la celebración de las elecciones generales, por lo que de acuerdo a expertos y exconsejeros, debe estar aprobado el presupuesto electoral.
El artículo 278 de la misma normativa señala que el CNE debe tener adjudicado el TREP cuatro meses antes de la celebración de las elecciones generales.
“Para este efecto, el sistema de transmisión que se adopte debe tener interconexión directa con el servidor de cada uno de los partidos políticos participantes, y las salas de observación y los medios de prensa tanto nacional como internacional y debe ser adjudicado como mínimo 4 meses antes de la celebración del proceso electoral”, detalla el precepto.
Augusto Aguilar, exmagistrado del TSE, confirmó que aunque no hay un plazo específico para la aprobación del presupuesto electoral, se debe realizar con antelación por cumplimiento del cronograma electoral.
“Debe aprobarse con la suficiente anticipación para cumplir con el cronograma electoral y contratar los servicios, bienes o materiales necesarios”.
Del mismo modo, para Germán Lobo, exconsejero del CNE, “el Consejo Nacional Electoral debe trabajar cuanto antes y enviar el presupuesto también cuanto antes al Congreso Nacional. Y el Congreso, aprobarlo efectivamente. Eso es lo que establece la ley”.
En partida 449
Los fondos que se asignarán al Consejo Nacional Electoral para estas elecciones generales quedaron dentro de la partida Servicios Financieros de la Administración Central (SFAC), conocida como 449 o confidencial, ya que durante la aprobación del Presupuesto General 2025 no le fue asignado un renglón aparte al órgano colegiado.
El monto de la partida 449 asciende a L 12,171.10 millones para el año fiscal 2025. El gobierno establece que esta partida está destinada a cubrir emergencias, subsidios y fideicomisos.
No obstante, este año incluye fondos para presupuestos electorales, aumentos salariales para empleados públicos, como maestros y trabajadores del sector salud.
La inclusión de los fondos electorales en la partida 449 se debe a que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no presentó a tiempo su solicitud presupuestaria al Congreso Nacional.
Como resultado, los recursos necesarios para las elecciones fueron reservados en esta partida, según explicó la comisión de presupuesto del Hemiciclo.
Por lo tanto, calificamos como engañosa la afirmación de Zambrano porque mezcla datos correctos e incorrectos.
Sí es cierto que los fondos para las elecciones generales de 2025 están contemplados en la partida presupuestaria 449, también llamada “confidencial”, la Ley Electoral no establece una fecha límite, como el 15 de mayo, para que el Congreso apruebe el presupuesto electoral.