Tegucigalpa

¿Cómo evitar que se te acumulen recargos en el pago de matrícula vehicular por un carro que no usas?

Los vehículos chatarra, en mal estado o estacionados porque ya no los utilizan, siguen bajo el registro del Instituto de la Propiedad
29.08.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Una de las opciones para evitar que se acumulen recargos en el pago de la Tasa Única Anual Vehicular, conocida popularmente como “la matrícula”, es a través del cierre de registro que ofrece el Instituto de la Propiedad (IP).

El cierre de registro puede ser por varios motivos, entre ellos por estado de abandono e inoperancia total, estado de chatarra, destrucción o pérdida total y daños permanentes tanto en vehículos propiedad de personas naturales o jurídicas.

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Otros factores que pueden orillar a un cierre de registro el IP enumera los vehículos ilocalizables, en situación de decomiso; depósito o retención legal decretada por orden fiscal, autoridad judicial competente. También podría ser por causa de robo o hurto y abandono de país o reexportación.

En síntesis, si usted posee un vehículo y no ha reportado que ya no es utilizable o cualquiera de los motivos mencionados, EL HERALDO le explica el procedimiento a realizar.

En caso de inoperancia, abandono, chatarra, pérdida total y daños que imposibiliten su circulación permanente hay que realizar los siguientes pasos:

1.- Descargar el formulario de solicitudes vehiculares RV-RE-05 en la página www.ip.gob.hn/ Registro vehicular/ Formularios Preimpresos.

2.- Llenarlo y sacarle copia, ambos documentos tienen que estar firmados por el dueño o representante legal del automotor.

3.- Presentar recibo de pago IP-60 que tiene un costo de 200 lempiras, el recibo está disponible en el enlace descrito en el paso 1.

4.- Presentar el Instrumento Público autorizado por un notario en el que se especifiquen los extremos de la solicitud.

5.- Adjuntar la tarjeta de identidad, carné de residencia vigente, pasaporte o licencia de la persona que realice el trámite.

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Como observación el IP solicita el documento original y su fotocopia, asimismo indica que las transacciones registrales se inscribirán una vez sea acreditado el pago de las tasas correspondientes.

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