Sucesos

Poder Judicial confirma separación de policías

Sala Constitucional rechazó dos recursos interpuestos por no tener competencia

    30.01.2014

    La Corte Suprema de Justicia (CSJ) confirmó la separación seis oficiales y agentes de la Policía Nacional. La abogada Gladys de Montoya interpuso un recurso de amparo y otro de inconstitucionalidad, en contra de una resolución de la Policía en el 2012 de separar de su cargo a los oficiales María Domínguez Vásquez, Félix Alonso Córdova, Delmer Amaya y otros.

    El entonces director de la Policía Nacional, Juan Carlos Bonilla, resolvió enviarlos a sus casas en situación de disponibilidad, sin cancelarles el acuerdo ni salario.

    Los dos recursos fueron declarados inadmisibles y sobreseidos por la Sala Constitucional, lo que significa que ratifica la resolución emitida por la Dirección de la Policía Nacional.

    El portavoz de la CSJ, Melvin Duarte, explicó que de acuerdo a lo que establece el artículo 46 de la Ley sobre Justicia Constitucional, donde se establecen las causas de inadmisibilidad de los recursos, desde un inicio se tuvo que haber rechazado de plano el amparo y la inconstitucionalidad.

    Esto porque primero tenían expedito el camino de impugnar la resolución ante el Juzgado Contencioso Administrativo.

    En aras de la transparencia, la objetividad, de dar la oportunidad a las partes de presentar sus elementos de prueba, la Sala Constitucional dio trámite a ambos recursos. Como parte del trámite se solicitó la opinión de la Fiscalía de Defensa de la Constitución.

    “Ellos se pronunciaron en iguales términos, de que era una causa que pudo haberse rechazado de plano desde un inicio, que en ese momento procesal lo que procedía era darle sobreseimiento”, dijo. Así lo dictó la Sala Constitucional, de forma unánime.

    La abogada Montoya aseguró que el fallo implicaba el reintegro de sus representados, lo que fue desmentido por el portavoz judicial. “El efecto del sobreseimiento no es que los oficiales sean reintegrados a sus antiguos cargos, tal como se ha manifestado, sino que en este momento el efecto del sobreseimiento dictado por la Sala Constitucional es que queda firme el acto administrativo que fue emitido por la Dirección de la Policía”, explicó Duarte.