Honduras

Vigente ley que garantiza clases virtuales en el sistema educativo

Se estima que hay alrededor de 900 mil estudiantes que no han podido llevar con normalidad sus clases desde casa durante la pandemia por las dificultades económicas en su entorno

11.08.2020

TEGUCIGALPA, HONDURAS.-Este año, alrededor de 1.8 millones de estudiantes se matricularon en el sistema de educación pública y debido a la pandemia provocada por el covid-19 unos 900 mil se encuentran sin acceso a la educación por los sistemas alternativos o virtuales.

Eso en gran parte se debe a los elevados niveles de pobreza y desigualdad social imperantes en Honduras, lo que se refleja en desigualdad de oportunidades educativas.

De acuerdo con datos del Banco Mundial, a finales del año recién pasado, el 52.6 por ciento de la población hondureña estaba en condiciones de pobreza y un 17.2 por ciento en condiciones de extrema pobreza, según publicación del Instituto de Investigación y Evaluación Educativas y Sociales de la Universidad Pedagógica Nacional Francisco Morazán (UPNFM).

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En el documento se establece que en Honduras los indicadores educativos muy bajos “se complican en el contexto de la pandemia sanitaria” en el que la mayoría de países están intentando usar medios virtuales para desarrollar la actividad educativa, pero Honduras padece de una conectividad a internet muy limitada entre la población, lo que dificulta aún más la implementación de esa estrategia en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

El estudio da a conocer que el 67.5 de la población está sin acceso a servicio de internet, el 29.2 por ciento tiene acceso eventual a internet en teléfono móvil, el 16.6 por ciento tiene internet fijo en casa, el 13.8 tiene una computadora en casa y el 3.3 por ciento tiene internet permanente en su teléfono.

Estos indicadores son una pauta de que la educación por internet es un reto para las autoridades educativas, docentes, alumnos y padres de familia.

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Decreto legislativo

A través del Decreto No-60-20 del Poder Legislativo, publicado el 16 de julio de 2020 en el Diario Oficial La Gaceta, se establecen las medidas para facilitar la educación no presencial a través de medios digitales, en casos excepcionales, como es la pandemia provocada por el covid-19.

En la ley, que consta de siete artículos, en el segundo establece que “durante el año lectivo iniciado en el 2020, y mientras no se reanuden las clases del sistema de educación pública, de manera presencial, todas las compañías que ofrezcan servicio de internet, incluyendo el uso de datos móviles a nivel nacional, deben brindar de manera gratuita el servicio de internet a la Secretaría de Educación para que tanto los maestros como los estudiantes del sistema de educación pública puedan llevar a cabo las actividades encomendadas en la estrategia definida por la Secretaría de Educación para la impartición de las clases virtuales”.

La Secretaría de Educación debe garantizar el acceso a la educación de cada estudiante a nivel nacional, por lo que en aquellos lugares donde no existe acceso a ninguno de los medios de comunicación descritos en este decreto, mientras dure el estado de emergencia declarado por el Poder Ejecutivo, debe coordinar con los gobiernos locales una estrategia que permita la distribución de material impreso y la logística necesaria para continuar con el proceso educativo.

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