Tegucigalpa, Honduras.- El presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, emitió este lunes un pronunciamiento sobre la aplicación del juicio político, figura contemplada en el artículo 234 de la Constitución de la República, y cómo este mecanismo es independiente de otras formas de responsabilidad penal, civil o administrativa.
“El artículo 234 establece claramente que el juicio político procede sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o administrativa de cualquier alto funcionario del Estado”, indicó el titular del Poder Legislativo, citando textualmente el contenido constitucional.
De acuerdo con el artículo constitucional, "el juicio político puede aplicarse al presidente y designados presidenciales, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, diputados del Congreso Nacional y del Parlamento Centroamericano, corporaciones municipales y todos los servidores públicos electos por el Congreso Nacional".
El artículo también detalla que la destitución del cargo es la única consecuencia derivada del juicio político, sin excluir otras acciones legales. Además, la implementación de este mecanismo no está sujeta a control jurisdiccional, y el decreto que lo apruebe no requiere sanción del Poder Ejecutivo.
Redondo recordó que el proceso consta de una fase investigativa, cuya duración será establecida por una ley especial, y una etapa de discusión y votación, que se desarrollará en un plazo máximo de cinco días desde la presentación del informe al pleno por parte de la comisión especial.
Asimismo, ejemplificó que “un requerimiento fiscal o acusación criminal contra un alto funcionario puede presentarse independientemente de que el Congreso Nacional realice o no un juicio político”, al reiterar la independencia entre ambos procesos.