Honduras

Poder Judicial definirá extradición de Lobo

El juez natural nombrado se basará en el auto acordado para responder la solicitud de EUA.

28.03.2014

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) definirá si procede o no la solicitud de extraditar a Estados Unidos a Carlos Arnoldo Lobo Alemán, alias “El Negro”.

El 19 de abril de 2012, el gobierno de Estados Unidos formalizó la solicitud de extradición del primer hondureño, de Carlos Lobo. El gobierno estadounidense lo pide para juzgarlo por tráfico ilícito de drogas y lavado de activos.

EL HERALDO constató que en el libro de ingresos de la Secretaría de la CSJ aparece la inscripción de esta solicitud de extradición registrada con la clave SP-172-12.

El Congreso Nacional, mediante el decreto No. 269-2011, reformó el artículo 102 de la Constitución de la República, autorizando de forma excepcional la extradición de hondureños ligados al crimen organizado y cuando exista tratado o convenio de extradición con el país solicitante.

En mayo de 2013, el pleno de la CSJ aprobó un auto acordado para agilizar el proceso de extradiciones de hondureños vinculados al crimen organizado.

Con el auto acordado vigente, el pleno de magistrados nombró a uno de sus miembros como juez natural para conocer la solicitud de extradición de Lobo, quien evacuará un proceso y determinará si procede o no extraditarlo.

El juez admitió la solicitud y libró la orden de captura, ejecutada ayer.

El abogado Raúl Suazo se personó ayer en la Secretaría de la CSJ para representar su defensa.

Al estar constituidas las partes se celebrará una primera audiencia en la que el juez notificará a Lobo la solicitud y le dictará medidas cautelares, seguramente la prisión preventiva.

Tras evacuar una o varias audiencias de evacuación de pruebas, el juez decidirá si procede la extradición.

De ser así, la defensa podrá apelar, en este caso será el pleno quien emitirá una respuesta definitiva.
Recursos

Anteriormente, apoderados legales de Lobo interpusieron en la CSJ
cuatro recursos de inconstitucionalidad contra la solicitud de extradición de Lobo.

Específicamente, contra la reforma al artículo 102, por defectos de forma y fondo en su aprobación; y los otros dos contra el tratado de extradición suscrito entre Honduras y Estados Unidos. Además, se impugno el auto acordado aprobado por el pleno de la CSJ.

Asimismo, presentó otro recurso contra la Ley de Privación de Dominio de Bienes de Origen Ilícito. Ninguno de los recursos fueron resueltos por la Sala de lo Constitucional, se encuentran en trámite.

Hasta el momento existen ocho solicitudes en las cuales se solicita al Estado de Honduras
extraditar a nueve personas. Las peticiones las formularon los gobiernos de Estados Unidos, México y Nicaragua.
Se libraron órdenes de captura en algunos casos.
Legal

En torno al tema, recientemente el presidente de la
CSJ, Jorge Rivera Avilés
, informó de la decisión que adoptó el pleno de magistrados del Poder Judicial
de conceder la facultad a los jueces naturales nombrados de decidir tramitar o no las solicitudes de extradición, sin esperar que se resuelvan los recursos interpuestos.

“Se han nombrado a todos los jueces de todas las extradiciones solicitadas, sin embargo, por votación mayoritaria dentro del pleno se estableció que los jueces nombrados tienen la discrecionalidad de poder esperar a que la Sala de lo Constitucional
resuelva los amparos y recursos de inconstitucionalidad que hasta el momento de la votación se habían presentado en otros casos”, informó en ese entonces.

“Los jueces podrán decidir si llevan adelante los procesos de extradiciones sin necesidad de escuchar a la Sala Constitucional, es decir, esto queda a discreción de cada uno de los jueces de primera instancia que han sido nombrados”, agregó.

En su caso dijo que no esperará la resolución de la Sala Constitucional
para tramitar la solicitud de extradición que le fue asignada. “Con ley o sin ley, con auto acordado o sin auto acordado, estamos en obligación de conocer las solicitudes sobre extradiciones”, dijo.

Recalcó que el Poder Judicial cuenta con el marco legal, con garantías para tramitar las solicitudes de extradición.