Pleno de la CSJ exonera a la ENEE de millonaria demanda civil

Mediante la demanda, la empresa Hidrocel reclamó una indemnización por daños y perjuicios económicos, al argumentar un supuesto incumplimiento contractual por parte de la ENEE

  • Actualizado: 05 de junio de 2026 a las 15:50
Pleno de la CSJ exonera a la ENEE de millonaria demanda civil

Tegucigalpa, Honduras.-La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró sin lugar una demanda económica presentada por la empresa Hidrocentrales Eléctricas de Honduras (Hidrocel) contra la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), una decisión que evita que el Estado hondureño desembolse 12 millones de dólares por concepto de indemnización.

La resolución fue adoptada por el pleno de magistrados de la CSJ con una ajustada votación de ocho votos a favor y siete en contra, al resolver un recurso de casación interpuesto por la estatal eléctrica contra una sentencia relacionada con el litigio promovido por Hidrocel.

Con este fallo, el máximo tribunal de justicia ratificó las resoluciones emitidas en instancias anteriores, las cuales habían rechazado la reclamación económica presentada contra la ENEE.

La decisión deja sin efecto cualquier obligación de pago derivada de la demanda y pone fin al proceso dentro de la jurisdicción civil.

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La estrecha diferencia en la votación evidencia que existieron criterios divididos entre los magistrados durante la deliberación del caso.

Fallo definitivo

El recurso de casación representa la última instancia disponible en este tipo de procesos dentro de la jurisdicción civil, por lo que la resolución emitida por el pleno de la Corte Suprema tiene carácter definitivo y no admite recursos ordinarios adicionales.

Únicamente resta la notificación oficial a las partes involucradas. Una vez cumplido ese trámite, la sentencia adquirirá firmeza legal, cerrando de manera definitiva el litigio entre la ENEE e Hidrocel.

Hidrocel reclamaba una indemnización por daños y perjuicios al considerar que la ENEE incurrió en un incumplimiento contractual al no otorgarle un contrato de suministro de energía para las centrales hidroeléctricas San Carlos y Cortecito, bajo el régimen establecido en el Decreto Legislativo 70-2007.

El proceso judicial tuvo una sentencia inicial el 9 de agosto de 2019. Posteriormente, el 13 de febrero de 2020, la ENEE presentó un recurso extraordinario de casación ante la Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia, argumentando que la demanda carecía de fundamentos jurídicos suficientes.

Con la resolución del pleno, el Estado de Honduras queda exento de la obligación económica reclamada por la empresa demandante y el caso concluye dentro del sistema judicial hondureño.

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Redacción web
Redacción

Staff de EL HERALDO, medio de comunicación hondureño fundado en 1979.

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