El Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó esta semana un reglamento en el que prohíbe terminantemente las campañas sucias entre corrientes, dirigentes y aspirantes presidenciales.
Por ahora, los precandidatos presidenciales se han limitado a promover su personalidad pero no a pedir el voto de manera directa.
Pedir el voto sí es posible a partir del 29 de septiembre, es decir, 50 días antes del desarrollo de las elecciones.
Previendo que la campaña sea dura, sucia y de insultos, el TSE aprobó por unanimidad de votos un reglamento que regula las actividades políticas permanentes, la campaña y propaganda electoral, las encuestas y las reuniones públicas y manifestaciones.
Los políticos tienen prohibido “utilizar los símbolos nacionales en publicidad y propaganda, usar cualquier expresión que denigre a los ciudadanos, a las instituciones públicas, a otros partidos políticos y movimientos internos.
Además, no deberán incorporar en sus campañas símbolos religiosos, así como expresiones, alusiones o fundamentaciones de carácter religioso”.
Tampoco podrán “involucrar niños, niñas y adolescentes” y en las demás formas que contravengan las leyes y tratados internacionales sobre derechos de la niñez, “salvo cuando se trate de proyectar la imagen del grupo familiar de las candidatas y candidatos”.
El reglamento es preciso en cuanto a la campaña sucia: “No podrán difundirse a través de los medios de comunicación mensajes que lesionen la imagen, el buen nombre, el honor y la intimidad personal y familiar a que todo ciudadano tiene derecho”.
Quienes no cumplan con este reglamento, no solamente se les deducirá la responsabilidad penal que corresponda, sino que estarán expuestos a una multa de cinco a veinte salarios mínimos.
La campaña electoral comenzará el 29 de septiembre y terminará el 12 de noviembre, cuando comienza el “silencio electoral”.
La campaña debe mantenerse dentro de los límites de la moral y la ética.
También está prohibida en el reglamento del TSE la propaganda anónima y la que promueva el abstencionismo electoral. Igualmente, queda prohibida la propaganda que exhorte a votar en blanco o a anular el voto.