Tegucigalpa, Honduras.- Diversos sectores le recordaron al Partido Libertad y Refundación (Libre) que el camino para aprobar la Comisión Internacional contra la Corrupción y la Impunidad (CICIH) es el incorrecto al haber intentando aprobar la noche del 18 de junio una Ley Especial de la CICIH.
La directiva del CN inició la discusión de la iniciativa presentada por la diputada Hortensia Zelaya y el proyecto buscaba ser discutido en tercer debate.
El año pasado este proyecto de ley también fue rechazado por la oposición y buscó aprobarse en tres capítulos, los primeros dos contenían reformas Constitucionales y el tercero la vigencia.
Al no contar con los votos, parlamentarios oficialistas atribuyeron responsabilidad a la oposición si al final la CICIH no viene el país, una promesa de campaña de Xiomara Castro.
No obstante, el abogado Omar Menjívar, dirigente de Libre y vicealcalde de San Pedro Sula, recordó a Luis Redondo y diputados de su partido que ese no es el camino para instalar la CICIH.
"Lo he dicho antes. Para el funcionamiento de la CICIH como querellante adhesivo no se requiere ni reforma constitucional ni reformas a la Ley del Ministerio Público y tampoco al Código Procesal Penal", empezó diciendo.
Menjívar recordó que la CICIH "se trata de un órgano temporal, igualmente la ley que regule su operación en el país, ha de ser una ley temporal (transitoria). Por ende, las normas legales bajo las cuales funcione se establecen en el convenio que se suscriba con la ONU, el cual ha de ser elevado a decreto legislativo, puesto que se requiere la aprobación del Congreso y con ese paso ya se convierte en ley (ley temporal)".
Finalmente exhortó que "buscar otra vía es demorar o complicar un poco más la viabilidad del ansiado mecanismo".
Lo que contiene el proyecto
El primer capítulo buscaba reformar el artículo 232 de la Constitución, la cual dicta las atribuciones que faculta al Ministerio Público la Carta Magna, el cual no logró los 86 votos necesarios.
Asimismo, la segunda reforma Constitucional discutida fue la derogación del artículo 10-A de la Ley Orgánica del CN, a fin de eliminar el fuero legislativo, la cual tampoco logró el número necesario de votos.
En última instancia, la directiva sometió el tercer capítulo de la vigencia la cual sí fue aprobada, no obstante, al no haberse aprobado los primeros dos ítems el decreto no tiene validez.