Liquidación de subvenciones no corresponde a diputados, pero involucra a varias instituciones

Verdad a medias

La información es correcta pero omite elementos clave del contexto.

El reglamento no asigna a los diputados la liquidación de los recursos. Las entidades ejecutoras tienen responsabilidades en este proceso y, según el tipo de beneficio, participan otras instituciones

  • Actualizado: 07 de septiembre de 2026 a las 18:21
Liquidación de subvenciones no corresponde a diputados, pero involucra a varias instituciones

Tegucigalpa, Honduras.- Mario Portillo, diputado del partido Libertad y Refundación (Libre), aseguró que la secretaría encargada de ejecutar las subvenciones es la responsable de liquidar los recursos y que los diputados no realizan ese proceso.

“Es la Secretaría que ejecuta (las subvenciones) la que liquida, los diputados no liquidamos”, afirmó Portillo (a partir del minuto 1:59).

La afirmación es una verdad a medias. El reglamento del Fondo de Administración Solidaria no asigna a los diputados la responsabilidad administrativa de liquidar los recursos, como afirmó Portillo. Sin embargo, el proceso tampoco se limita a que una sola secretaría ejecutora realice toda la liquidación.

La normativa distribuye funciones relacionadas con este procedimiento entre diferentes dependencias de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol).

Además, según el tipo de beneficio otorgado, intervienen otras instituciones que proporcionan documentación necesaria para la liquidación.

Las declaraciones de Portillo surgieron luego de que la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) presentara una investigación sobre el manejo del Fondo de Administración Solidaria, mediante el cual diputados gestionaron subvenciones para becas, obras sociales, infraestructura menor y otras ayudas entre 2023 y 2025.

Según la ASJ, durante esos tres años se canalizaron 1,837.3 millones de lempiras a través del fondo. La organización señaló deficiencias en la transparencia, liquidación y rendición de cuentas de esos recursos.

La investigación identifica a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) y la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD) como entidades ejecutoras de los recursos.

EH Verifica pidió comentarios a Portillo, pero hasta el cierre de esta edición no obtuvo respuesta.

Instituciones las encargadas

Las Disposiciones Generales del Presupuesto autorizaron recursos para infraestructura menor, obras sociales, becas y canchas deportivas solicitadas en beneficio de comunidades, patronatos, asociaciones, alcaldías, juntas de agua, cajas rurales, entre otros.

La normativa estableció que estos beneficios podían gestionarse a través de siete instituciones: el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD), el Instituto de Crédito Educativo (Educrédito), el Fondo Social de Desarrollo Eléctrico (Fosode) y la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (Condepor).

Esto significa que no existía una única secretaría encargada de todos los recursos gestionados mediante este mecanismo. La institución que intervenía dependía de la naturaleza del beneficio o proyecto solicitado.

Otras instituciones involucradas

El Acuerdo Ministerial 121-SEDESOL-2025, que contiene el Reglamento Interno del Fondo de Administración Solidaria, establece que la administración del fondo corresponde a la Gerencia Administrativa de Sedesol.

El artículo 3 asigna expresamente esa función a la Gerencia Administrativa, mientras que el artículo 4 establece las atribuciones de la Dirección de Innovación Social, otra dependencia de Sedesol que participa en el procedimiento.

Entre las funciones de esta dirección se encuentra recibir la documentación relacionada con las liquidaciones del Fondo de Administración Solidaria, así como monitorear y dar seguimiento a ese proceso.

El artículo 13, correspondiente al capítulo sobre control, liquidación de fondos y rendición de cuentas, detalla otras responsabilidades. La disposición establece que la Dirección de Innovación Social debe remitir la información relacionada con las liquidaciones a la Gerencia Administrativa.

Esta última debe recibir, revisar y validar la documentación presentada. También tiene que elaborar informes mensuales sobre la ejecución del fondo y sus beneficiarios, que son remitidos a la Dirección de Innovación Social y al Comité Interno del Fondo de Administración Solidaria.

Estas disposiciones muestran que, incluso dentro de Sedesol, las funciones relacionadas con la liquidación están distribuidas entre diferentes dependencias y no recaen en una sola instancia.

Además, el procedimiento varía según el beneficio otorgado. Para los cupones de alimentos, el reglamento establece entre los requisitos la documentación de liquidación proporcionada por la Suplidora Nacional de Productos Básicos (Banasupro), además de otros documentos relacionados con la entrega de los cupones.

Para las becas, la documentación correspondiente a la liquidación es proporcionada por el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (Banadesa). La normativa también establece que el pago de estos beneficios se realiza mediante esa institución.

De esta manera, las entidades ejecutoras tienen responsabilidades sobre la liquidación y rendición de cuentas de los recursos, pero el procedimiento puede involucrar a diferentes dependencias e instituciones según el tipo de ayuda entregada.

En cuanto a los diputados, el reglamento no les asigna la responsabilidad administrativa de liquidar los recursos del Fondo de Administración Solidaria. Tampoco los establece como encargados de recibir, revisar o validar la documentación correspondiente a las liquidaciones.

No obstante, las entidades ejecutoras tienen responsabilidades sobre la liquidación y rendición de cuentas, pero la normativa también distribuye funciones entre diferentes dependencias e instituciones, como Sedesol, Banasupro y Banadesa, dependiendo del tipo de beneficio.

Por lo tanto, la afirmación de Mario Portillo es una verdad a medias.

  • Fuentes
  • Afirmación de Mario Portillo
    Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República
    Acuerdo Ministerial 121-SEDESOL-2025
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José Quezada
José Quezada

Periodista egresado de la UNAH. Se desempeña como redactor digital de El Heraldo desde 2022. Se especializa en la elaboración de noticias de última hora, Fact-checking, semblanzas, temas políticos y educativos.

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