¿En qué servicios se dará el 35% de descuento a personas de cuarta edad?

Al modificarse por adición el artículo 31 de la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados se aprobó este beneficio que no estaba definido

  • 12 de junio de 2025 a las 16:12
¿En qué servicios se dará el 35% de descuento a personas de cuarta edad?

Tegucigalpa, Honduras.- Aunque en la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados se estipulaban descuentos para personas de la tercera edad no se diferenciaban estos beneficios para la cuarta edad que aplica a partir de los 80 años.

Con una reforma por adición al artículo 31 de la normativa contenida en el decreto 199-2006 se incorpora a esta población que podrá gozar rebajas del 35% hasta el 40% en el pago de servicios.

Los hogares ascendieron a 2,624,033 a junio de 2024, donde en el 39.5% (1,036,493) viven personas de 60 años y mayores, de acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

Con 102 votos favorables los diputados del Congreso Nacional aprobaron en la sesión del miércoles pasado esta modificación por adición al instrumento jurídico vigente hace más de 17 años.

Incorporaciones

En el pago de la factura por el suministro de energía eléctrica prestado por empresas públicas, privadas o capital mixto en cualquier valor mensual de la factura, así como por consumo de agua los hondureños que tengan 80 años o más recibirán un 35% de descuento.

Además, se dará el mismo beneficio en el pago sobre el impuesto de salida por servicios aeroportuarios, incluyendo al cancelar la factura total del impuesto de bienes inmuebles siempre que el comprobante se encuentre a nombre de la persona de la cuarta edad.

Para el pago en cualquier valor mensual total por servicios de comunicación como teléfonos fijos, móviles, internet y otros similares prestados por empresas públicas, privadas o de capital mixto se brindará la misma compensación.

Sin embargo, los literales referentes a los requisitos que los créditos sean solamente por un servicio por categoría y que el descuento en el servicio de internet se aplicará hasta velocidades que excedan 256 kilobits por segundo fueron derogados de la disposición.

Solo para los servicios de televisión por cable el descuento para las personas de la cuarta edad será del 40% y 30% para la tercera edad, quienes seguirán siendo favorecidos con una rebaja del 25% en todos los servicios mencionados.

Inspecciones

"Para dar cumplimiento a la ley, la Fiscalía Especial de Protección al Consumidor y Adulto Mayor deberá realizar inspecciones periódicas de oficio en las diferentes instituciones, comercios, puntos de venta y servicios privados y estatales a nivel nacional con el objetivo de garantizar y proteger los derechos de los beneficiados (adultos mayores categorizados como: tercera edad, cuarta edad, jubilado o no jubilado y pensionados), tomando medidas inmediatas y sancionando a los establecimientos que incumplan el otorgamiento de los descuentos descritos", plantea un nuevo artículo que se agregará al referido marco legal.

Añade que los propietarios de los comercios deberán de informar de manera visible y clara sobre los descuentos disponibles para las personas beneficiadas tanto en los establecimientos físicos como en sus plataformas digitales.

"Instruir a la Secretaría de Desarrollo Económico para que a través de la Dirección General de Protección al Consumidor y la Fiscalía Especial de Protección al Consumidor y Adulto Mayor establezcan e implementen un procedimiento simplificado eficiente en el que los adultos mayores de la tercera edad, cuarta edad, jubilados, no jubilados y los pensionados presenten las denuncias en caso de incumplimiento por parte de las entidades o instituciones del sector público y la empresa privada que incumplan el otorgamiento de los descuentos en su beneficio", se define en otra disposición admitida por los congresistas.

Subraya que de manera eficiente y funcional se tiene que reestablecer el canal de denuncias habilitado en las oficinas físicas, por llamada telefónica a la línea 115 y en los medios digitales o redes sociales disponibles para recibir denuncias que deben ser conocidas y resueltas sin demora por la Fiscalía Especial de Protección al Consumidor y Adulto Mayor.

El decreto de los cambios al artículo 31 de la Ley Integral de Protección al Adulto Mayor y Jubilados deberá de ser remitido a sanción presidencial para luego ser promulgado en el diario oficial La Gaceta para su posterior vigencia.

"Ahora se garantizan descuentos más amplios y mecanismos de control más eficaces. Estas reformas representan un avance significativo en la protección financiera de los adultos mayores en Honduras, aliviando su carga económica y fortaleciendo la aplicación de sus derechos", manifestó a EL HERALDO la expresidenta del Colegio Hondureño de Economistas (CHE), Amparo Canales.

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Álvaro Mejía
Álvaro Mejía
Periodista

Licenciado en Periodismo, egresado de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) con amplia experiencia en análisis y cobertura noticiosa económica, política y Congreso Nacional. Redactor de la sección Dinero y Negocios (D&N).

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