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Respete la ley y evite las esquelas

Para evitar multas y accidentes solo debe cumplir con las normativas de tránsito establecidas

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03.05.2012

En opinión de los expertos en educación vial de la Dirección Nacional de Tránsito (DNT), para evitar las multas conocidas como esquelas los conductores deben conocer y aplicar lo estipulado en Ley de Tránsito vigente.

Ángel Ovideo Andrade, encargado de capacitación vial, comentó que el espíritu de la ley no es imponer multas a los conductores, sino obligar a estos a cambiar su actitud cuando van frente al volante.

En la Ley de Tránsito se clasifican las faltas como graves, menos graves y leves. Cada uno de los artículos consta de varios numerales o incisos que le indican al conductor qué faltas están consideradas en cada una de estas categorías.

Todos los conductores están obligados a conocer y aplicar lo establecido en cada uno de estos incisos para evitar las multas y los accidentes viales.

¿Cómo evitar las esquelas?

- Utilice siempre el cinturón de seguridad.

- Evite hablar por el celular mientras conduce.

- Respete los límites de velocidad establecidos y la señales de tránsito.

- No se estacione en lugares prohibidos.

- Respete a los demás conductores de la vía pública.

- Siempre que se ponga frente al volante de un auto, asegúrese de que su licencia esté vigente. También la documentación de su vehículo.

- Si toma, no maneje. Esta es la única falta grave a la que no aplica la escala de multa establecida en el artículo 101. El artículo 98 numeral 16 remite a la Ley de Penalización de la Embriaguez Habitual, que en su artículo uno, párrafo tercero dice que todo conductor que sea detenido por primera vez manejando en estado de ebriedad se le suspenderá la licencia de conducir por seis meses y se le aplica una multa que oscila entre medio y un salario mínimo, si es reincidente (segunda vez) se le aplica la suspensión de su permiso de conducir por un año y una multa que oscila entre uno y tres salarios mínimos, la tercera vez se le cancela definitivamente el permiso para conducir.

Sin embargo, muchos conductores -a sabiendas de esto- siguen conduciendo bajo la ingesta de bebidas alcohólicas, lamentó Andrade.

Cifras de la pasada Semana Santa

“Solo en la semana Santa se decomisaron 180 licencias por conducir bajo los efectos del alcohol y se provocaron accidentes en los que la causa principal fue la ingesta de bebidas alcohólicas”, dijo el entrevistado.

Futuros conductores

Andrade comentó que no es fácil cambiar la actitud de los actuales conductores, por lo que Tránsito tomó la determinación desde hace unos años de impartir educación vial en las escuelas primarias y secundarias, “estos son los futuros conductores y quizá aprovechando que los niños son el terreno más fértil podamos tener dentro de unos años conductores responsables”. 'Mientras los conductores no cambien de actitud, vamos a seguir teniendo accidentes de tránsito”. Ángel Ovideo Andrade, Capacitación vía de la DNT.

Haga valer su derecho

El artículo 19 de la Ley de Tránsito le otorga a los conductores que consideren que la sanción aplicada por el agente de tránsito es arbitraria, impugnar la sanción en término de 72 horas, argumentando por escrito el por qué no está de acuerdo. Pasado ese tiempo, se pierde el derecho.

Tipos de faltas

El artículo 101 de la Ley de Tránsito reconoce tres tipos de faltas, y establece una escala de multas que se impondrán a los infractores:

1. Artículo 98, faltas graves. Son las que ponen en peligro la vida tanto del infractor como la de otros usuarios de la vía pública. Tiene un costo de L 600.00.

2. Artículo 99, faltas menos graves. Aunque no generan situaciones de riesgo, representan un severo irrespeto a las normativas de tránsito. Tienen un costo de L 400.00.

3. Artículo 100, faltas leves. Son infracciones que irrespetan levemente la normativas de tránsito. Tienen un costo de L 300.00.

Infracciones comunes

Hay una serie de infracciones que se cometen a diario, las más comunes son:

1. Graves
- Artículo 98 numeral 10. Pasarse el semáforo en rojo o irrespetar las señales de tránsito.

- Artículo 98 numeral 24. Hablar por el celular, comer, fumar o, en el caso de las féminas, maquillarse mientras conduce.

- Artículo 98 numeral 37. Hacer maniobras irregulares en lugares prohibidos.

2. Menos graves

- Artículo 99 inciso 1. Conducir con la licencia vencida.

- Artículo 99 inciso 11. Bajar y subir pasajeros en lugares prohibidos.

- Artículo 99 inciso 21. No usar el casco, en el caso de los motociclistas.

- Artículo 99 inciso 22. No utilizar el cinturón de seguridad.

3. Leves

- Artículo 100 numeral 7. Negarse a recibir la esquela.

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