Tegucigalpa, Honduras.- La muerte del niño Jhonny Neptaly Gómez, de 7 años de edad, sigue causando conmoción en el país, especialmente tras conocerse que su supuesto agresor ya había estado preso luego de aceptar que abusó sexualmente de otro menor en Puerto Cortés en 2021.
Por el crimen de Jhonny, cuyo cuerpo fue hallado la noche del sábado en una bodega recicladora de plástico en la aldea El Tablón, Francisco Morazán, la Policía capturó el domingo a Fredy Arnulfo Osorio Ordóñez como principal sospechoso de quitarle la vida mediante asfixia mecánica y de haberlo ultrajado sexualmente.
Ayer, un juez le dictó detención judicial por los delitos de asesinato y otras agresiones sexuales en concurso real en perjuicio del menor, y estableció la audiencia inicial para el próximo jueves a las 8:30 am.
Junto al acusado, agentes policiales también detuvieron como presuntos cómplices a Sipriano Antonio Palma Sánchez, de 43 años y a otro hombre de 25 años que aún no ha sido identificado por las autoridades. Se informó que ambos habrían participado en el encubrimiento del crimen.
Libertad condicional
Según explicó el Poder Judicial, Fredy Arnulfo Osorio Ordóñez fue declarado culpable mediante procedimiento abreviado el 25 de julio de 2022, en los juzgados de Puerto Cortés, y condenado a nueve años con nueve meses de prisión por agresión sexual contra un menor.
Sin embargo, su defensa solicitó el beneficio de libertad condicional, bajo el régimen de excepción establecido en el artículo 81 del Código Penal, y por buena conducta. Estas medidas fueron otorgadas por un juez, lo que permitió que recobrara su libertad el 6 de noviembre de 2024.
Actualmente, Osorio estaba firmando cada tres meses en los juzgados de Choluteca, donde había establecido su residencia, y tenía prohibido acercarse a la zona de residencia de su víctima en Puerto Cortés.
El portavoz de los juzgados, Ruy Barahona, explicó que “el acusado gozaba de libertad condicional bajo el régimen excepcional que manda el Código Penal, que reduce la pena a un tercio cuando esta es menor de 10 años y por medidas administrativas, es decir, el director del centro penal donde estaba encarcelado acreditó una buena conducta. Sumado a esto, lo beneficiaba el hecho de que era primera vez en ser judicializado por un delito”.
De acuerdo con el artículo 81 del Código Penal, la libertad condicional aplica cuando el condenado ha cumplido un tercio de la pena, mientras que la libertad excepcional solo puede otorgarse a personas mayores de 70 años. Este punto ha generado cuestionamientos sobre el proceso judicial que permitió la liberación de Fredy Arnulfo Osorio Ordóñez.