Honduras

Mauricio Oliva confirma la suspensión de los decretos para la reestructuración en Educación y Salud

El presidente del Poder Legislativo convocó a una sesión de emergencia este martes a las 8:00 de la mañana en el Hemiciclo Legislativo

30.04.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, confirmó este martes la suspensión de los decretos aprobados para la reestructuración y transformación presupuestaria en Educación y Salud.

'Vamos a suspender y archivar esta ley que recientemente se aprobó, con el ánimo de citar a las partes en conflicto a que se sienten a construir una propuesta en conjunto, la cual va ser mediada y supervisada por el Congreso Nacional de la República', reveló Oliva en comunicación con la radio HRN.

El presidente del Poder Legislativo aseguró que ya convocó de emergencia a los jefes de bancada para que sostengan una reunión a partir de las 8:00 de la mañana en el Congreso Nacional 'para de una vez por todas dar una solución al pueblo hondureño'.

'No hay motivos para seguir en esta confrontación en la que no gana nadie, en la que perdemos todos (...) lo hacemos con el ánimo de traer paz y tranquilidad, vamos a intentar sentar a ambas partes y el Congreso Nacional va revisar que el diálogo se dé', detalló Oliva.

Congreso
En los dos dictámenes, que constan de cuatro artículos, se estableció un numeral, cuyo alcance es indeterminado y contempla cualquier otro objetivo o acción que permita la eficiente implementación tanto del plan de mejora en Salud al igual que el Plan Estratégico del Sector Educación (PESE).

Varios sectores sociales han señalado que lo anterior podría contemplar implícitamente despidos masivos en las dos Secretarías, generando protestas como también paro de labores de médicos y docentes a nivel nacional.

Los decretos fueron aprobados el pasado jueves, en medio de polémica y zafarrancho, con el respaldo de los diputados del Partido Nacional a su vez de parlamentarios de partidos minoritarios aliados al PN.

Ante la aprobación, maestros, médicos y estudiantes salieron el lunes a las calles para manifestarse en contra de los polémicos decretos, en una jornada de protestas en la que el saldo fue edificios incendiados, enfrentamientos con la policía y una convocatoria a paro nacional para este martes.

Estos son los decretos aprobados:
Aquí el decreto íntegro de Salud
ARTÍCULO 1.-
Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud para que, con el acompañamiento de la Comisión Especial para la Transformación del Sistema Nacional de Salud, proceda a la revisión del presupuesto y Plan Operativo Anual (POA) a efectos de que pueda identificarse todo el recurso presupuestario de la Secretaría en mención, y de ser necesario, pueda ser modificado y reasignado para el desarrollo de áreas especiales que lo necesiten, en aras de lograr una adecuada atención de la población en los servicios de salud que resulte necesaria para alcanzar los siguientes objetivos:
1) Atender las necesidades de infraestructura de los hospitales y centros de salud a nivel nacional.
2) Apoyar logísticamente a los hospitales y centros de salud a nivel nacional.
3) Compra de insumos, mobiliario, medicamentos, equipos, servicios y lo necesario para el buen funcionamiento de dichos hospitales y centros.
4) Fortalecer los procesos de formación de personal y cubrir las necesidades de la demanda de salud con la contratación de personal necesaria.
5) Cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago. 6)Cualquier otro para lograr la eficiente implementación del plan de mejora de salud.

ARTÍCULO 2.- Se faculta a la Secretaría de Finanzas para que pueda realizar las modificaciones y reasignaciones presupuestarias necesarias para alcanzar los objetivos mencionados en el presente decreto.
La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud a petición del Congreso Nacional remitirá mensualmente un informe sobre la utilización de las modificaciones y reasignaciones efectuadas al presupuesto de esta Secretaría.

ARTÍCULO 3.- Las municipalidades deben priorizar los fondos que el Estado les transfiera anualmente para el mejoramiento del Sector de Salud, tal y como lo establece el Artículo 91 de la Ley de Municipalidades. Corresponderá a la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización constatar la inversión realizada en ésta materia por cada Municipalidad, previo al otorgamiento de las subsiguientes transferencias a realizar en el año 2019, debiendo informar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.

ARTÍCULO 4.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el diario oficial de la República, La Gaceta.

Aquí el decreto íntegro de Educación
ARTÍCULO 1.-
Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación para que en acompañamiento de la Comisión Especial para la Transformación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, proceda a la revisión del presupuesto y Plan Operativo Anual (POA), a efectos de que pueda identificarse todo el recurso presupuestario de la Secretaría en mención, y reasignado para el desarrollo de áreas especiales que lo necesiten, en aras de lograr una adecuada atención de la población en los servicios de educación para alcanzar los siguientes objetivos:
1) Atender las necesidades de infraestructura de los centros educativos a nivel nacional.
2) Apoyar logísticamente a los educandos y docentes con la dotación de textos, mobiliario y material didáctico. 3) Fortalecer los procesos de formación docente y cubrir las necesidades de la demanda educativa con la contratación de personal.
4) Cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago. 5) Cualquier otro para lograr la eficiente implementación del Plan de implementación del PESE.

ARTÍCULO 2.- Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que pueda realizar la modificación y reasignación presupuestaria necesaria a fin de lograr los objetivos contenidos en el artículo precedente. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación a petición del Congreso Nacional remitirá de forma trimestral un informe sobre la utilización de los recursos producto de las modificaciones y reasignaciones efectuadas al Presupuesto de esta Secretaría de Estado.

ARTÍCULO 3.- Las municipalidades deben priorizar los fondos que el Estado les transfiera anualmente para el mejoramiento del Sector de Educación, tal y como lo establece el Artículo 91 de la Ley de Municipalidades. Corresponderá a la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización constatar la inversión realizada en ésta materia por cada Municipalidad, previo al otorgamiento de las subsiguientes transferencias a realizar en el año 2019, debiendo informar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.

ARTÍCULO 4.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el diario oficial de la República, La Gaceta.