Honduras

En medio de polémica aprueban el proceso de reestructuración en las secretarías de Salud y Educación

Decretos autorizan cumplir con el “pasivo laboral pendiente” y compra de insumos. Libre protagoniza zafarrancho. Gremios anuncian paros

26.04.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Los dos decretos mediante los cuales el Congreso Nacional autoriza la transformación y reestructuración en las secretarías de Salud y Educación fueron aprobados el jueves bajo un ambiente de polémica, de críticas, de conatos de bronca y de amenazas de huelga de los gremios vinculados a estos sectores del Estado.

De nada sirvió el consenso de suspender los artículos originales en los cuales se ordenaban despidos masivos al que habían llegado las comisiones responsables de preparar los dictámenes porque a la hora de la aprobación se produjo el caos protagonizado por los diputados del partido Libertad y Refundación (Libre) que rechazaron la medida.

A las reuniones de socialización no asistieron e l Colegio Médico de Honduras (CMH) ni los colegios magisteriales, primeros en alzar su voz de protesta ante lo que consideran el inicio de la privatización de los servicios de salud y el despido de trabajadores.

Sin embargo, en un comunicado posterior, el Congreso dijo que los dos dictámenes fueron aprobados “con la participación amplia y activa de representantes del sector obrero, magisterial y de la salud, como de la Central General de Trabajadores (CGT), la Confederación de Trabajadores de Honduras (CTH), la Federación Unitaria de Trabajadores de la Salud de Honduras (Futsh), el Sindicato de Trabajadores de la Medicina y Similares (Sitramedys) y la Asociación Nacional de Empleados Públicos (Andeph)”.

Las comisiones de Salud y de Educación lograron con estos representantes -entre los que estaban Hilario Espinoza y Daniel Durón- desestimar la parte sensible en lo laboral que contenía el proyecto del Ejecutivo.

Este apartado facultaba a las secretarías de Salud y Educación a “proceder a la cancelación de los acuerdos de nombramiento y la terminación de los contratos de prestación de servicios, en el contexto de las decisiones adoptadas en el proceso de reestructuración administrativa y organizacional dándole cumplimiento al pago de los derechos y las prestaciones indemnizatorios que conforme a la legislación nacional correspondan”.

Ejecutivo retira proyecto
Basado en el supuesto consenso, el ministro de la Presidencia, Ebal Díaz, remitió al Congreso una nota en la cual anunciaba el retiro del proyecto original en virtud de que “hemos analizado los dictámenes elaborados y socializados por las comisiones de dictamen de educación y salud respectivamente, y consideramos que recogen el espíritu del proyecto de una mejor manera en el sentido de lograr una mejora en las instituciones rectoras y administradoras de los sistemas de educación y salud”.

El propósito de las trasformación, decía el funcionario, es “lograr una eficiente ejecución presupuestaria que permita adquisición de medicamentos, construcción del hospital de trauma entre otros, así como construcción de infraestructura en centros educativos, dotación de textos, mobiliario y material didáctico, respectivamente, y por consiguiente la contratación de más médicos y personal docente en ambos sistemas”.

Vea: Zafarrancho en el Congreso Nacional tras aprobación de Ley del sector Educación y Salud

Lo aprobado
Por mayoría simple y levantando la mano, los diputados de los partidos Nacional, Unificación Democrática, Democracia Cristiana, Alianza Patriótica y los liberales cuestionados por el Central Ejecutivo aprobaron los dos decretos que están generando polémica.

El primero -el de Salud- autoriza entre otras cosas “cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago”, lo que pareciera entender que será exclusivo para pagar prestaciones a empleados que lo pidieron o fueron despedidos y no se les ha pagado sus derechos. Hay otra autorización que dice: “cualquier otro para lograr la eficiente implementación del plan de mejora de salud”, pero no da detalles.

El decreto también autoriza a Salud, entre otras cosas, “atender las necesidades de infraestructura de los hospitales”, “compra de insumos, mobiliario, medicamentos, equipos, servicios”.

El segundo decreto, el de Educación, faculta a las autoridades de esta secretaría hacer lo mismo que en Salud: “Cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago; y cualquier otro para lograr la eficiente implementación del plan de implementación del PESE (Plan Estratégico del Sector Educación).

Además, “atender las necesidades de infraestructura de los centros educativos a nivel nacional, apoyar logísticamente a los educandos y docentes con la dotación de textos, mobiliario y material didáctico y fortalecer los procesos de formación docente y cubrir las necesidades de la demanda educativa con la contratación de personal”.

Además: Empujones y gritos durante zafarrancho en el Congreso Nacional

El ambiente en el Congreso
La aprobación de estos decretos tuvo como marco la polémica. Diputados de Libre le arrebataron al secretario del Congreso, Tomás Zambrano, el documento que leía y lo rompieron.

Otros exhibían pancartas de protesta y unos terceros insultaban y gritaban consignas. No obstante, Zambrano no se amilanó y, a la “velocidad del rayo”, leyó los artículos y fueron aprobados por la mayoría simple.

Los gremios vinculados a los sectores salud y educación anunciaron medidas de presión a partir de este viernes. El dirigente magisterial, Daniel Esponda, desautorizó a las centrales obreras “socializar” en su nombre.

Aquí el decreto íntegro de Salud
ARTÍCULO 1.-
Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud para que, con el acompañamiento de la Comisión Especial para la Transformación del Sistema Nacional de Salud, proceda a la revisión del presupuesto y Plan Operativo Anual (POA) a efectos de que pueda identificarse todo el recurso presupuestario de la Secretaría en mención, y de ser necesario, pueda ser modificado y reasignado para el desarrollo de áreas especiales que lo necesiten, en aras de lograr una adecuada atención de la población en los servicios de salud que resulte necesaria para alcanzar los siguientes objetivos:
1) Atender las necesidades de infraestructura de los hospitales y centros de salud a nivel nacional.
2) Apoyar logísticamente a los hospitales y centros de salud a nivel nacional.
3) Compra de insumos, mobiliario, medicamentos, equipos, servicios y lo necesario para el buen funcionamiento de dichos hospitales y centros.
4) Fortalecer los procesos de formación de personal y cubrir las necesidades de la demanda de salud con la contratación de personal necesaria.
5) Cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago. 6)Cualquier otro para lograr la eficiente implementación del plan de mejora de salud.

ARTÍCULO 2.- Se faculta a la Secretaría de Finanzas para que pueda realizar las modificaciones y reasignaciones presupuestarias necesarias para alcanzar los objetivos mencionados en el presente decreto.
La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud a petición del Congreso Nacional remitirá mensualmente un informe sobre la utilización de las modificaciones y reasignaciones efectuadas al presupuesto de esta Secretaría.

ARTÍCULO 3.- Las municipalidades deben priorizar los fondos que el Estado les transfiera anualmente para el mejoramiento del Sector de Salud, tal y como lo establece el Artículo 91 de la Ley de Municipalidades. Corresponderá a la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización constatar la inversión realizada en ésta materia por cada Municipalidad, previo al otorgamiento de las subsiguientes transferencias a realizar en el año 2019, debiendo informar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.

ARTÍCULO 4.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el diario oficial de la República, La Gaceta.

Aquí el decreto íntegro de Educación
ARTÍCULO 1.-
Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación para que en acompañamiento de la Comisión Especial para la Transformación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, proceda a la revisión del presupuesto y Plan Operativo Anual (POA), a efectos de que pueda identificarse todo el recurso presupuestario de la Secretaría en mención, y reasignado para el desarrollo de áreas especiales que lo necesiten, en aras de lograr una adecuada atención de la población en los servicios de educación para alcanzar los siguientes objetivos:
1) Atender las necesidades de infraestructura de los centros educativos a nivel nacional.
2) Apoyar logísticamente a los educandos y docentes con la dotación de textos, mobiliario y material didáctico. 3) Fortalecer los procesos de formación docente y cubrir las necesidades de la demanda educativa con la contratación de personal.
4) Cumplir con los compromisos salariales adquiridos y pasivo laboral pendientes de pago. 5) Cualquier otro para lograr la eficiente implementación del Plan de implementación del PESE.

ARTÍCULO 2.- Se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que pueda realizar la modificación y reasignación presupuestaria necesaria a fin de lograr los objetivos contenidos en el artículo precedente. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación a petición del Congreso Nacional remitirá de forma trimestral un informe sobre la utilización de los recursos producto de las modificaciones y reasignaciones efectuadas al Presupuesto de esta Secretaría de Estado.

ARTÍCULO 3.- Las municipalidades deben priorizar los fondos que el Estado les transfiera anualmente para el mejoramiento del Sector de Educación, tal y como lo establece el Artículo 91 de la Ley de Municipalidades. Corresponderá a la Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización constatar la inversión realizada en ésta materia por cada Municipalidad, previo al otorgamiento de las subsiguientes transferencias a realizar en el año 2019, debiendo informar a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación.

ARTÍCULO 4.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el diario oficial de la República, La Gaceta.