Sala Constitucional admite recursos de amparo de Johel Zelaya y Mario Morazán

La Sala Constitucional ordenó al Congreso Nacional que remita los antecedentes del caso sobre los juicios políticos a ambos exfuncionarios hasta el 12 de agosto

  • Actualizado: 10 de agosto de 2026 a las 13:14
Sala Constitucional admite recursos de amparo de Johel Zelaya y Mario Morazán

Tegucigalpa, Honduras.- La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió los recursos de amparo presentados por el exfiscal general Johel Zelaya y el exmagistrado del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) Mario Morazán contra sus respectivas destituciones, aprobadas por el Congreso Nacional luego de los juicios políticos celebrados en su contra.

Carlos Silva, portavoz del Poder Judicial, confirmó que ambos recursos fueron admitidos, aunque la Sala adoptó decisiones diferentes respecto a las solicitudes para suspender los efectos de las destituciones.

“En el primero de los casos, los magistrados de la Sala Constitucional conocieron ese recurso de amparo interpuesto por el abogado Johel Antonio Zelaya Álvarez a favor de sí mismo”, explicó Silva.

El recurso presentado por Zelaya está dirigido contra las actuaciones del Congreso Nacional, donde se decretó su destitución del cargo.

La destitución de Zelaya ocurrió en el marco del juicio político desarrollado en el Congreso Nacional, cuyo proceso concluyó con la aprobación de su separación del cargo el 25 de marzo de 2026.

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Amparo de Zelaya fue admitido, pero sin suspender su destitución

En el caso del exfiscal general, la Sala de lo Constitucional admitió el recurso de amparo, pero determinó que no procedía suspender los efectos de la destitución que Zelaya cuestiona.

Silva explicó que los magistrados consideraron que el caso “no se ajusta a los requisitos establecidos” para conceder esa medida.

La Sala permitió que el reclamo de Zelaya continúe bajo análisis, pero no ordenó detener los efectos de su destitución mientras se resuelve el fondo del recurso.

No obstante, tras admitir el amparo, la Sala ordenó comunicar al Poder Legislativo que remita los antecedentes del caso, o un informe sobre los hechos dentro de un plazo de dos días, es decir, hasta el 12 de agosto.

“En consecuencia, líbrese comunicación con las inserciones de estilo a la autoridad recurrida, en este caso el Congreso Nacional de la República, para que dentro del término de dos días se remitan los antecedentes del caso o un informe de los hechos”, señaló el documento emitido por la CSJ.

Con la documentación que entregue el Poder Legislativo, se podrá continuar con el análisis del recurso presentado por Zelaya y determinar lo que corresponda sobre el fondo del proceso.

Morazán espera decisión sobre la suspensión

A diferencia del caso de Zelaya, en el recurso de Mario Morazán la Sala Constitucional dejó pendiente la decisión sobre la solicitud para suspender los efectos de su destitución, y ordenó revisar primero los antecedentes o el informe que presente el Poder Legislativo.

“En cuanto a la solicitud de suspensión del acto reclamado, previo a que la Sala se pronuncie sobre la misma, que se proceda al examen de los antecedentes o del informe de mérito al momento que sean recibidos”, explicó el portavoz.

Además, agregó: “Lo primero es esperar ese plazo de dos días que se dio al Poder Legislativo para que en ambos casos se remitan los antecedentes del caso o un informe bien detallado de por qué se tomó la determinación de separar del cargo a estos dos exfuncionarios”.

El acto reclamado es la decisión, actuación u orden de una autoridad que una persona considera que afectó sus derechos y que, por esa razón, cuestiona mediante un recurso de amparo.

En el caso de Zelaya, el acto que cuestiona es la decisión del Congreso Nacional de destituirlo como fiscal. En el caso de Morazán, se trata de su destitución como magistrado propietario del Tribunal de Justicia Electoral.

La solicitud de suspensión del acto reclamado busca detener temporalmente los efectos de esa decisión mientras la Sala Constitucional analiza el recurso; sin embargo, la medida no determina quién tiene la razón sobre el fondo del caso.

Así, mientras el amparo de Zelaya avanza sin que se suspendan los efectos de su destitución, la Sala todavía debe decidir si concede esa medida provisional en el caso de Morazán. Posteriormente, los magistrados deberán resolver el fondo de ambos recursos.

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