Rectifican y admiten trámite de recurso de amparo presentado por Cossette López

Este día, la CSJ admitió el trámite del recurso de apelación presentado el pasado 30 de octubre por la consejera, luego de la divulgación de audios presentados

  • Actualizado: 14 de enero de 2026 a las 11:50
Rectifican y admiten trámite de recurso de amparo presentado por Cossette López

Tegucigalpa, Honduras.- La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rectificó y admitió el trámite de recurso de amparo presentado por la consejera Cossette López este miércoles - 14 de enero-, tras la divulgación de audios que, según el Ministerio Público(MP), la involucran en un supuesto plan de fraude electoral.

Ayer, López denunció que la CSJ mantenía una “justicia selectiva” luego no se haya admitido el recurso de amparo. Fue aprobado el trámite hasta este mediodía.

El pasado 30 de octubre, López, mediante su abogado Dagoberto Aspra, presentó un recurso "en defensa propia, de la legalidad, la institucionalidad electoral y el respeto al Estado de Derecho".

Cossette López llega a la CSJ para interponer un recurso de amparo tras divulgación de audios

Lo anterior ocurre luego de que el fiscal general, Johel Zelaya, divulgara una serie de audios que la involucrarían junto a Tomás Zambrano, jefe de la bancada nacionalista, y un militar activo aún no identificado, en conversaciones sobre el proceso electoral. La denuncia fue presentada por Marlon Ochoa, consejero del CNE.

Cossette negó ser la persona que aparece en los audios y aseguró que “no he sostenido conversaciones ni he hecho conspiraciones de ningún tipo”.

Un recurso de amparo es un mecanismo legal de protección de derechos fundamentales que cualquier persona puede utilizar cuando considera que una autoridad pública o un particular ha violado o amenazado sus derechos constitucionales.

Suspenden acciones penales contra Ana Paola Hall

Ayer martes, la Sala de lo Constitucional de la CSJ declaró con lugar la medida cautelar solicitada por el presidente del Colegio de Abogados de Honduras (CAH), Gustavo Solórzano, y ordenó al MP la suspensión provisional del acto reclamado, consistente en la interposición de un requerimiento fiscal sin haberse agotado previamente el procedimiento completo de un juicio político, según lo establece la Ley Sobre Justicia Constitucional.

La resolución se fundamenta en los numerales 1 y 2 del artículo 59 de esa normativa, los cuales facultan a la Sala para adoptar medidas cautelares cuando exista riesgo de afectación a la institucionalidad o al orden constitucional.

De acuerdo con la parte dispositiva, la Sala precisó que solo en el caso de que se haya determinado responsabilidad mediante un juicio político y se haya procedido a la destitución de la recurrente, podría habilitarse la presentación de un requerimiento fiscal en su contra.

Solórzano explicó que el amparo fue interpuesto ante la Sala al considerar que su representada ha sido objeto de acciones investigativas relacionadas directamente con el ejercicio de su cargo, sin que antes se haya seguido el procedimiento constitucional correspondiente.

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Redacción web
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Staff de EL HERALDO, medio de comunicación hondureño fundado en 1979.

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