Honduras

Honduras: El 30 de abril se vence declaración jurada de bienes

Tanto empleados actuales del Estado, como los que ya cesaron en sus cargos, deberán realizarla
18.04.2022

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Hasta el 30 de abril tienen de plazo los empleados estatales que están obligados a realizar la actualización anual de la Declaración Jurada de Ingresos, Activos y Pasivos, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (CSJ).

Los llamados a comparecer para actualizar sus ingresos son: gerentes, subgerentes, directores, subdirectores, jefes o encargados de las dependencias de Recursos Humanos de las instituciones del sector público estatal, tanto centralizadas, descentralizadas y desconcentradas.

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Además, entran en esta categoría empleados de las alcaldías municipales, directores de centros educativos, y todo funcionario y empleado público que esté en el rango salarial que señala la Ley del TSC.

Rodolfo Isaula, portavoz de esta institución, explicó que “la Ley Orgánica del TSC establece que durante los primeros cuatro meses del año, todos aquellos servidores públicos que ganen más de 40,000 lempiras o que, no ganando esa cantidad, administren bienes y recursos del Estado, también están obligados a presentar la actualización de ingresos”.

De igual manera deberán hacer esta actualización, obligatoriamente, las personas que ejercieron un cargo público y que por la circunstancia que fuese ahora están fuera del estamento público.

“Aquellos servidores públicos que ya hayan cesado en sus cargos tienen 30 días para poder presentarse a declarar sus bienes, por ejemplo, los que dejaron su cargo en el anterior gobierno”, apuntó Isaula.

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¿Qué ocurre si no lo hacen?

Ante la omisión de dicha obligación, esto dará lugar a la imposición de una multa equivalente a 5,000 lempiras, sanción que es valedera para aquellos obligados que no hayan cumplido con su deber de presentar la Declaración Jurada por ingreso al cargo por primera vez.

Pero también serán sancionados con el mismo gravamen los que vacaron en sus cargos públicos y que no se acerquen a realizar sus declaración de bienes al salir del gobierno.

Además, el Reglamento de la Ley Orgánica del TSC señala que quien omita este deber quedará en suspenso en el desempeño del cargo o empleo sin goce de sueldo hasta que cumpla con la obligación, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o penales que fueren procedentes.

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