El asesor legal del Ministerio Público (MP), Rigoberto Espinal Irías, calificó como positiva la reforma a la Constitución referente a extraditar hondureños acusados por delitos relacionados con el crimen organizado.
'Por supuesto, vivimos en un mundo globalizado donde estos delitos transnacionales causan daño a diversos países', expresó.
Como en la comisión y afectación de delitos participan varios estados, en algunos de ellos pueden contar con suficientes pruebas para extraditar a las personas. 'Es donde funciona el principio para la extradición, son muy útiles para mantener las relaciones armónicas entre los países y las formas de colaboración y cooperación en la lucha contra este tipo de delitos', manifestó. Por consiguiente, valoró que con la reforma 'Honduras demuestra que está dispuesta a cumplir sus compromisos internacionales'.
En lo que respecta al papel del MP, dijo que emitirá las opiniones que le correspondan, si procede o no una solicitud de extradición.
Explicó que la reforma al artículo 102 constitucional requiere ratificación del Congreso Nacional en la siguiente legislatura.
Honduras es parte de tratados universales sobre la materia, que regulan el proceso de extradición y los pasos a seguir, como la Convención de Viena referente al uso indebido de drogas, aprobada en los años ochenta. Además, el Código de Bustamante, aprobado en La Habana en 1928, entre otros tratados suscritos.
En ellos se expone que es la Corte Suprema la que tiene la práctica y jurisprudencia para resolver estos casos.
Son jueces especiales quienes resuelven la petición.
'Si se reúnen las circunstancias, aunque sea un nacional, se procede a la extradición', dijo. Sí admitió que persiste el peligro de represalias por aprobar esta reforma, aunque dijo que los operadores de justicia siempre están expuestos a represalias.
En cuanto al proceso de extradición, explicó que hay dos partes: el Estado solicitante y el Estado recipiente, quien recibe la solicitud. Se presenta formalmente la documentación que acredita que esa persona está relacionada con la comisión de un delito y que es necesario enjuiciarlo en ese país. La solicitud se cursa por la vía diplomática y llega a la Corte Suprema de Justicia, que examina la documentación y resuelve. Si accede a la solicitud, lo transmite a la policía, MP y al país solicitante, para proceder al traslado con todas las medidas de seguridad.