San Pedro Sula, Honduras.- El Tribunal de Sentencia de los Juzgados sampedranos declaró este jueves culpable al vicealcalde Omar Menjívar, por los delitos de calumnias y difamación mediante publicidad en contra del actual alcalde esa ciudad, Roberto Contreras.
De acuerdo al fallo condenatorio el vicealcalde emitió declaraciones que afectaron el honor del edil y de su familia en un medio escrito, una emisora radial, y en un podcast en Internet. Según la parte querellante, esas declaraciones constituyen tres delitos de calumnias y tres de injurias con publicidad.
El juicio oral y público se deriva de declaraciones en tres momentos distintos y medios diferentes en los que el vicealcalde acusó al alcalde por la supuesta sustracción de 20 millones de lempiras de una gerencia
La audiencia para la individualización de la pena fue programada para el próximo martes 21 de enero de 2025 a las 9 de la mañana.
Delitos
El artículo 229 del Código Penal define la injuria como una acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona y menoscaba su fama, y la castiga con penas de 200 a 500 días de salario mínimo si se realiza con publicidad, y de 100 a 200 días si no la hay.
Del mismo modo, el artículo 230 establece que la calumnia, entendida como la atribución falsa de un delito con conocimiento de su falsedad, conlleva penas de prisión de seis meses a un año. Además, establece multas de 200 a mil días de salario mínimo.
También el artículo 232 del Código Penal establece que, cuando dichas conductas se realizan a través de sitios web o redes sociales, las penas pueden incrementarse de un sexto hasta un noveno.