Fact Checking
Ni sí, ni no

¿Pueden desaparecer los partidos políticos con pocos votos?

La ley establece que los partidos políticos serán cancelados en caso de no obtener al menos una representación en los niveles de presidentes, alcaldías o diputaciones

Redacción El Heraldo

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Un total de 14 partidos políticos participaron en las recientes elecciones generales del pasado domingo 28 de noviembre. Varios de ellos pueden desaparecer y no precisamente por la baja cantidad de votos.

La desaparición de un partido político consiste en la no participación de dicho instituto en el próximo proceso electoral y hasta al momento se proyecta que al menos seis partidos actuales no continuarían al no cumplir con los requisitos mínimos que establece la ley.

El excandidato presidencial por el Partido Anticorrupción (PAC), Julio López Casaca, indicó que la ley establece que el partido que no saque el porcentaje establecido debe 'desaparecer automáticamente”

En el siguiente enlace se pueden apreciar las declaraciones del excandidato presidencial en relación a la desaparición de partidos políticos que señala la ley.



El equipo de Fact Checking de EL HERALDO Plus investigó si la desaparición de partidos políticos está fundamentada en la normativa legal y cuáles son las condiciones para proceder a su cancelación.

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¿Qué dice la Ley Electoral de Honduras?

En la Ley Electoral de Honduras de 2021 se contempla la cancelación de partidos políticos

En el Capìtulo VI, titulado como “Cancelación de Partidos Polìticos y Alianzas” en su artìculo 148, numeral 5, establece que se cancela la inscripción de un partido político “por no haber obtenido por lo menos un diputado al Congreso Nacional o un alcalde a nivel municipal en las elecciones generales”.

En otras palabras, la nueva normativa contempla que para que los partidos políticos mantengan su vigencia deben conseguir una diputación en el Congreso Nacional o una alcaldía en el nivel municipal.

Para el analista político Julio Navarro, la ley es clara al señalar que 'un partido conserva su personería jurídica si saca un diputado o una alcaldía municipal, si no tiene esas dos condiciones pierde su personería jurídica”.

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Analistas políticos coinciden en que en los últimos años se ha dado el fenómeno de una inscripción inusual de nuevos partidos políticos que no han logrado representatividad en los cargos de elección popular.

No obstante, la medida también afectaría a otras instituciones históricas.

El excandidato presidencial por el partido Unificación Democrática (UD), Alfonso Díaz Narváez, reconoció “no sacamos ni diputados, ni alcaldes y según la ley, los partidos políticos que no saquen ni diputados ni alcaldes pierden su membresía”.

Hasta el momento con más del 60% de actas escrutadas, los partidos Frente Amplio, Nueva Ruta, UD, Vamos, Liberación Democrático y Alianza Patriótica no cumplirían con el precepto anteriormente mencionado y por ley no deberían tener validez política en futuros procesos electorales.

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Otras instituciones políticas, como la Democracia Cristiana (DC), Todos Somos Honduras (TSH), Partido de Innovación y Unidad (Pinu) y Partido Anticorrupción (Pac), estarían sobreviviendo al lograr una representación mínima.

La DC lograba hasta la noche del viernes un diputado por Francisco Morazán, Carlos Raudales. El salvavidas del Pac es Karen Martínez, al entrar en la lista de parlamentarios de Cortés.

En tanto, Pinu y Todos Somos Honduras encuentran vida por logran alcaldías. Pinu gana la municipalidad de San Rafael, Lempira, y TSH triunfa en Brus Laguna, Gracias a Dios.



Estos partidos políticos esperan el cierre del escrutinio y que se emita la declaración oficial por parte de las autoridades electorales, debido a la lucha igualada en muchas alcaldías de diferentes municipios.

Miembros de los denominados partidos pequeños consideran que antes del inicio de los comicios electorales no contaban con los recursos suficientes para hacerle frente a la campaña política y esto podría ocasionar sus tan bajos resultados una vez se lleva a cabo el escrutinio de actas.

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Conclusiones

La Ley Electoral indica que no podrán participar en los siguientes comicios electores los partidos políticos que no obtengan una representación en el Congreso Nacional o una alcaldía municipal, por lo que de alcanzar al menos un cargo de los anteriormente mencionado los partidos podrán seguir en la actividad política nacional.

La normativa no establece un porcentaje de votos mínimos a nivel presidencial para que un partido político desaparezca.

En ese sentido, no es determinante el número de votos a nivel presidencial, sino la representatividad ya sea en diputados o alcaldías, por lo que este equipo califica la afirmación Ni sí, ni no.