Tegucigalpa, Honduras.- Los fondos asignados a la organizaciones no gubernamentales (ONG), como la Asociación Manos a la Obra (AMO) y Mujeres Unidas Extraordinarias (MUE), forman parte del Presupuesto General de la República y no del Congreso Nacional, y su auditoría está a cargo del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), no de los diputados.
El secretario de Gobernación y Justicia, Tomás Vaquero, aseguró que estos recursos son del Congreso Nacional y que la auditoría corresponde a los legisladores.
“Esos son fondos del Congreso Nacional (asignados a las ONG), y quien hace la auditoría son los diputados, y a quien deben presentar el informe es al Congreso Nacional de la República” (minuto 50:37 del siguiente video).
Sin embargo, esta afirmación es falsa. Según la Ley de las Disposiciones Generales de los Presupuestos, los fondos provienen del presupuesto nacional y deben ser auditados por el TSC.
Además, el informe de liquidación debe presentarse por parte de la institución ejecutora, no por los legisladores.
EH Verifica solicitó una aclaración a Vaquero, pero no se obtuvo respuesta hasta el cierre de este artículo.
¿De dónde provienen los fondos?
Una investigación de EL HERALDO Plus reveló que estas ONG, vinculadas al partido Libertad y Refundación (Libre), han recibido fondos gestionados por diputados y canalizados a través de siete instituciones estatales.
Entre las entidades se encuentran: Secretaría de Gobernación y Justicia, Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol), Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y Educrédito, entre otras.
Aunque los legisladores pueden gestionar o sugerir proyectos, no tienen facultad para ejecutar ni auditar los fondos.
¿Qué dice la Ley?
Los artículos 292 (2023), 338 (2024) y 349 (2025) de la Ley de las Disposiciones Generales de los Presupuestos indican que estos recursos deben ser administrados por instituciones del Ejecutivo.
Y otro agrega: “Se autoriza una asignación presupuestaria de hasta L.950,000,000.00 para el desarrollo de infraestructura menor y obras sociales a petición y en beneficio de las comunidades [...]”.
Además, los reglamentos presupuestarios establecen que, al concluir un proyecto, la institución ejecutora debe presentar el informe de liquidación ante el TSC, con copia a la Presidencia de la República y al Congreso Nacional.
En consecuencia, la Secretaría de Gobernación y Justicia está obligada a rendir cuentas, conforme al procedimiento legal, para que estos fondos sean auditados exclusivamente por el Tribunal Superior de Cuentas.
Por lo tanto, calificamos como falsa la afirmación de Tomás Vaquero, secretario de Gobernación y Justicia.