Tegucigalpa, Honduras.- Héctor Sánchez, diputado de Libertad y Refundación (Libre) por el departamento de Cortés, aseguró que, según el Acuerdo de Cartagena, los partidos mayoritarios deben tener representación en el Consejo Nacional Electoral (CNE) y en el Tribunal de Justicia Electoral (TJE).
"Lo que se decidió (en el Acuerdo de Cartagena) establece que los tres partidos mayoritarios deben tener representación en el CNE y TJE", aseveró (desde el segundo uno).
No obstante, su aseveración es falsa. El Acuerdo de Cartagena, firmado en 2011, no menciona al Consejo Nacional Electoral (CNE) ni al Tribunal de Justicia Electoral (TJE), ya que ambas instituciones fueron creadas en 2019, mediante reformas electorales posteriores.
Una revisión del documento encontró que uno de sus apartados contempla garantías de participación política para el Frente Nacional de Resistencia Popular (FNRP), pero no establece un reparto de cargos entre partidos políticos en esas instituciones electorales.
La afirmación de Sánchez surgió después de que la bancada del partido Libertad y Refundación se declarara, el 12 de mayo de 2026, en insurrección legislativa, en el contexto de la elección de los sustitutos en el CNE y el TJE.
La medida fue anunciada por Ronald Panchamé, jefe de bancada de Libre, quien denunció que el Partido Nacional y el Partido Liberal impulsaban reformas orientadas a excluirlos de los órganos electorales.
EH Verifica solicitó comentarios a Sánchez sobre su afirmación, pero hasta el cierre de este fact-check no obtuvo respuesta.
No lo establece
El Acuerdo de Cartagena fue un pacto político firmado el 22 de mayo de 2011 en Cartagena de Indias, Colombia, entre Porfirio Lobo Sosa, entonces presidente de Honduras, y Manuel Zelaya Rosales, expresidente, con la mediación de los gobiernos de Colombia y Venezuela.
El documento buscaba una salida a la crisis política derivada del golpe de Estado de 2009 contra Zelaya, facilitar su retorno a Honduras y promover un proceso de reconciliación nacional.
El acuerdo también contemplaba garantías para la participación política del Frente Nacional de Resistencia Popular (FNRP), movimiento surgido tras la ruptura constitucional.
Entre los compromisos incluidos figuraban el respeto a los derechos políticos, el retorno seguro de Zelaya al país y la posibilidad de que el FNRP participara en procesos electorales bajo las garantías establecidas por la ley hondureña.
No obstante, el acuerdo no establece que los tres partidos mayoritarios deban integrar de forma obligatoria los órganos electorales del país. El texto tampoco menciona al Consejo Nacional Electoral (CNE) ni al Tribunal de Justicia Electoral (TJE), instituciones creadas años después.
Una de sus disposiciones señala que el FNRP debía contar con garantías para participar políticamente y, eventualmente, integrar organismos político-electorales “en igualdad de condiciones”. Sin embargo, esa formulación no ordena un reparto de cargos entre partidos políticos.
Augusto Aguilar, exmagistrado del extinto Tribunal (ahora CNE), confirmó a EH Verifica que el acuerdo no establecía la obligatoriedad de que los partidos políticos integraran los órganos electorales.
Por su parte, Germán Lobo, exconsejero del CNE, explicó que el acuerdo tampoco dispone que esos órganos deban estar conformados por partidos políticos.
“Es más, no establece (el Acuerdo) que los órganos electorales deben ser conformados por los partidos políticos”, aseguró Lobo.
Espacios por acuerdos
El acuerdo hace referencia al entonces TSE, institución que existía en 2011. El CNE y el TJE surgieron posteriormente, mediante reformas constitucionales y electorales aprobadas en 2019, en el marco de las negociaciones políticas impulsadas tras la crisis poselectoral de 2017.
Fue durante esas reformas de 2019 cuando se consolidó la representación de las principales fuerzas partidarias dentro de los organismos electorales, lo que permitió la participación del Partido Nacional, el Partido Liberal y Libertad y Refundación (Libre) en la integración de las autoridades electorales.
Sin embargo, ese esquema político no proviene del Acuerdo de Cartagena. La representación tripartita fue resultado de acuerdos políticos posteriores y de reformas electorales negociadas en el Congreso Nacional, no de una disposición contenida en el pacto firmado en Colombia.
Tampoco existe en el Acuerdo de Cartagena la frase “tres partidos mayoritarios”, ni una obligación expresa de distribuir cargos electorales bajo ese criterio.
Lo que sí ocurrió tras el acuerdo fue la legalización de Libre, surgido del Frente Nacional de Resistencia Popular.
A partir de entonces, Libre comenzó a competir electoralmente y, posteriormente, obtuvo representación en distintas instituciones estatales, incluidos los organismos electorales, como resultado de reformas y negociaciones políticas posteriores.
En conclusión, la afirmación de Héctor Sánchez es falsa. El Acuerdo de Cartagena no establece que los tres partidos mayoritarios deban integrar el CNE y el TJE, ni menciona a estas instituciones, ya que fueron creadas hasta 2019 mediante reformas electorales posteriores.