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Tegucigalpa, Honduras.- Para que un barrio o colonia del Distrito Central pueda canalizar adecuadamente sus necesidades ante las autoridades municipales, es esencial que cuente con una representación local debidamente legalizada.
La legalización de estas organizaciones comunitarias, conocidas como patronatos, está a cargo de la Gerencia de Organización Comunitaria de la Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC), en coordinación con la Secretaría de Gobernación y Justicia, entidades responsables de validar su conformación y funcionamiento.
Actualmente, el Distrito Central cuenta con 550 patronatos y asociaciones de vecinos debidamente constituidos, y otros 45 se encuentran en proceso de actualización de documentos, informó Germán Villalobos, jefe de la Gerencia de Organización Comunitaria.
El funcionario agregó que se espera que 83 nuevos patronatos sean elegidos antes de que finalice el año, siempre que los procesos no sufran retrasos.
“Todo el sector del anillo, que comprende colonias nuevas, está en proceso, además de las solicitudes de asambleas en condominios”, precisó Villalobos.
Organización entre vecinos en la capital
Según la AMDC, cada año se organizan alrededor de 250 patronatos legalizados. Solo en el transcurso de este año, más de 45 patronatos se han conformado por primera vez, iniciando el proceso de gestión de sus estatutos ante la Secretaría de Gobernación.
Villalobos destacó el avance en la organización comunitaria durante la actual administración, al pasar de apenas siete patronatos activos a más de 500.
Actualmente, todos los procesos avanzan con normalidad, excepto las elecciones de la colonia El Diamante, que en los últimos días los pobladores estaban divididos por desacuerdos en las elecciones.
Aunque las comunidades rurales de la capital fueron las primeras en organizarse, hoy también residenciales de alta plusvalía, villas y condominios han puesto interés en organizarse y establecer sus propios patronatos, añadió el funcionario.
Legalización
La Ley de Patronatos y Asociaciones Comunitarias establece que estas organizaciones son el mecanismo legal que permite a los vecinos de una comunidad unirse para velar por el bienestar colectivo, gestionar proyectos y defender sus intereses.
De acuerdo con el artículo 4 de la normativa, cualquier ciudadano que resida en el sector y tenga el deseo de servir a su comunidad puede ser parte de la directiva. Sin embargo, el proceso para obtener la personería jurídica implica cumplir con varios requisitos.
Primero, el patronato provisional debe informar la naturaleza de los terrenos donde se ubica el asentamiento si son urbanos, rurales, nacionales o ejidales y comprobar que las familias habitan realmente en la colonia.
Posteriormente, se convoca a una asamblea comunitaria para elegir a los diez directivos: presidente, vicepresidente, secretario, tesorero, fiscal, cinco vocales y diez testigos. Todos deben ser juramentados en la Alcaldía Municipal.
Además, en la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, cada miembro y testigo debe presentar constancia de vecindad, solvencia municipal, antecedentes penales y los estatutos del patronato.
El tiempo que tarda la aprobación de la personería jurídica dependerá de la rapidez con que se entreguen los documentos y avance el trámite en Gobernación.