Honduras

¿Qué dice el nuevo Código Penal sobre la injuria y la calumnia en las redes sociales?

Algunas de estas normativas son consideradas lesivas a la libertad de expresión y las penas siguen incluyendo la cárcel

17.05.2019

TEGUCIGALPA, HONDURAS.- A una semana de que se publicara el nuevo Código Penal en el Diario Oficial La Gaceta, el Congreso Nacional dijo que haría una revisión general, especialmente con aquellos artículos que hablan de penas por delitos contra el honor.

Decenas de expertos y hasta el mismo Colegio de Periodistas de Honduras consideran que varios de estas normativas son lesivas a la libertad de expresión, incluso en las redes sociales.

Pero, ¿qué dice el nuevo Código Penal sobre los delitos contra el honor?
El nuevo Código Penal establece como calumnia 'la falsa atribución de un delito hecho con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad'.

En el caso de la injuria la normativa menciona que 'es la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona menoscabando su fama'.

¿Cuáles son las penas para la calumnia y la injuria?
El Código establece penas de seis meses a un año de prisión por calumnias a través de medios de comunicación o redes sociales y multas de quinientos a mil días con publicidad.
En el caso de que la calumnia sea sin publicidad la pena será de 200 a 500 días.

La ley establece que la injuria es constitutiva de delito cuando sean consideradas en el ámbito público, es decir cuando se trata de una falta grave.

En este caso, como se trata de una imputación de hechos, la normativa establece pena de multa de 200 a 500 días con publicidad y 100 a 200 días de multa sin publicidad.

¿Cuáles son las penas del Código Penal vigente sobre injuria y calumnia?
Para la calumnia, la pena es de dos a tres años de prisión. Si el calumniado lo pide, se publicará la parte resolutiva de la sentencia en que se declare la calumnia en uno de los diarios de mayor circulación en el país y el procesado paga el costo.

Mientras que para la injuria la pena actual es de uno a dos años de reclusión para quien ejecute acciones en deshonra o menosprecio de la persona.

¿Qué dice el nuevo Código Penal por el delito de difamación?
El artículo 232 establece que 'las injurias y calumnias se entienden hechas con publicidad cuando se efectúan a través de medios impresos, televisión, radio, internet, redes sociales, redes de información, ante una multitud de personas a a través de otros medios de eficiencia semejante.

¿Cuál es la pena por el delito de difamación en las redes sociales (Facebook, Twitter, Instagram, otros)?
La normativa habla sobre las redes sociales, pero también menciona sitios web de divulgación colectiva. La pena aumenta de un sexto (1/6) a un medio (1/2) de lo establecido en los apartados de la condena por calumnia e injuria si se hace a través de estos canales.

¿Qué es la injuria y calumnia indirecta?
Se trata de quien publica, reproduce o repite injurias o calumnias imputadas por otros, es decir repetir o escribir lo que otros dijeron sin argumentos, especialmente con las frases 'se dice' o 'se asegura'.

¿A qué se refieren cuándo se habla de calumnias o injurias con publicidad?
Cuando se realizan a través de medios impresos, televisión, radio, internet, redes sociales, redes de información o multitudes de personas.

¿Qué pasa con el humor gráfico, las caricaturas y los memes?
En la legislación que entrará en vigencia no habla espefícamente de las caricaturas, los memes u otro material de humor gráfico. pero el marco queda tan abierto a que una persona, si se siente calumniada u ofendida, puede proceder por la vía penal contra el autor o la persona que compartió la publicación (por la figura de la injuria y la calumnia indirecta), indistintamente del formato utilizado para su difusión.

Hay un debate sobre los alcances de la normativa. En otros países, como España, una persona puede enfrentar un proceso judicial por proferir insultos y calumnias a través de una caricatura o una pieza de humor gráfico (en la nueva era abundan los memes). Por ejemplo, Mongolia, una revista española de sátira, fue condenada a pagar 40,000 dólares a un extorero por un cartel satírico que consideró ofensivo.