Tegucigalpa, Honduras.- Tras varios días de negociaciones e incluso un compás de espera de más de tres horas, con 87 votos de 128, Tomás Zambrano, del Partido Nacional, fue electo este miércoles- 21 de enero- como presidente de la Junta Directiva provisional del Congreso Nacional (CN).
El congresista asumirá la presidencia del Poder Legislativo, mientras se alcanzan los consensos necesarios para la conformación de la Junta Directiva en propiedad.
La elección se realizó durante la sesión de instalación del nuevo período legislativo, convocada por el ministro de Gobernación saliente, Tomás Vaquero, en medio de negociaciones entre las distintas bancadas representadas en el hemiciclo.
La sesión fue convocada para las 9 de la mañana y pasadas las 3:00 p.m. los diputados llegaron a un acuerdo para la elección de la Junta Directiva provisional.
Zambrano fue electo por sobre Jorge Cálix, del Partido Liberal, y obtuvo el apoyo de las cinco bancadas, incluyendo a Melbi Ortiz de Libertad y Refundación (Libre) que dio su respaldo.
La moción nominativa fue hecha por Mario Pérez del Partido Nacional y esta fue conformada por Tomás Zambrano como presidente, Godofredo Fajardo (Democracia Cristiana) como vicepresidente y Carlos Ledesma (Partido Nacional) de secretario.
Zambrano será el presidente del CN número 12 en la era democrática de Honduras (desde 1982) y el quinto nacionalista. Los anteriores fueron Rodolfo Irías Navas, Porfirio Lobo Sosa, Juan Orlando Hernández y Mauricio Oliva.
Proceso
La Junta Directiva provisional, la cual está integrada únicamente por tres cargos: presidente, vicepresidente y secretario, tal como lo establece el artículo 16 de la Ley Orgánica del Parlamento, es una etapa transitoria del Congreso que se conforma al inicio de cada nuevo período legislativo, antes de que se elija una Junta Directiva en propiedad, la cual se confirmará este viernes 23 de enero.
Esta misma tendrá como función dirigir los debates, coordinar el orden de las sesiones y garantizar el funcionamiento administrativo del Congreso Nacional. Sin embargo, esta Junta no puede sesionar como Congreso ni convocar sesiones legislativas, sean ordinarias o extraordinarias, ya que el órgano legislativo aún no ha sido formalmente instalado.
De igual forma no tiene facultades para aprobar decretos, leyes o resoluciones, puesto que su mandato no contempla funciones legislativas.