Honduras

Sala Constitucional, incompetente para conocer caso Bahía de Chismuyo

El amparo fue remitido al Juzgado de lo Contencioso Administrativo para que lo resuelva.

14.06.2012

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia se declaró ayer incompetente para conocer el recurso de amparo interpuesto contra la venta de tierras en la Bahía de Chismuyo.

Así se señala en una cédula de notificación emitida por esta instancia judicial.

El recurso de amparo administrativo bajo el registro número 307-2012 lo interpusieron los abogados Mauricio Torres Molinero y Rafael Virgilio Padilla.

La acción se presentó a favor del Estado de Honduras y contra actuaciones de la municipalidad de Goascorán, Valle, por la venta de 300 manzanas de terreno ubicadas en la Bahía de Chismuyo a Francisco Sandoval, Nelson Castro y Santos Castro, todos de nacionalidad salvadoreña. Según los recurrentes, las autoridades edilicias de ese municipio violentaron disposiciones constitucionales al autorizar la venta de terreno fronterizo a extranjeros.

En su resolución la Sala Constitucional se declaró “incompetente para conocer de la demanda de amparo interpuesta por los abogados Mauricio Torres Molinero y Rafael Virgilio Padilla, a favor del Estado de Honduras”.

Por consiguiente la Sala Constitucional remitió la demanda al Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, para que le dé el curso de ley correspondiente, cita la notificación de la Sala Constitucional.

Los magistrados Tomás Arita Valle, Jorge Reyes, Rosa Paz, Jacobo Paz y Edith López emitieron la resolución en vista de que quienes integran esta Sala se encuentran fuera del país.

Argumentos

Padilla y Molinero argumentan que la transacción es ilegal ya que la Constitución de la República establece en su artículo 107 que los terrenos del Estado, ejidales, comunales o de propiedad privada situados en la zona limítrofe a los Estados vecinos o en el litoral de ambos mares solo podrán ser adquiridos o poseídos por hondureños.

En el año 2011, la municipalidad de Goascorán, por intermedio del alcalde Arcadio Madrid, vendió 400 manzanas de terreno situadas en la Bahía de Chismuyo (dentro de los 40 kilómetros sujetos a prohibición), a razón de 1,200 dólares cada una, a los ciudadanos salvadoreños Francisco Sandoval, Nelson Castro y Santos Castro.

“Este acto es una flagrante violación a la Constitución de la República porque viola abiertamente la norma transcrita y contenida en el artículo 107 de la carta magna”, cita el amparo. Además, para los recurrentes, “la conducta del alcalde Madrid es un acto de corrupción en complicidad con toda la corporación municipal de dicho municipio y ante la indiferencia de las autoridades nacionales competentes para defender la Constitución y el territorio nacional”. Entre ellas se cuestiona la indiferencia de la Presidencia de la República, las Fuerzas Armadas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Procuraduría General de la República (PGR), el Ministerio Público y de los diputados del departamento de Valle y Choluteca.

Precisamente, una comisión interinstitucional, integrada por la PGR y Fiscalía del Ambiente, entre otras, inspecciona el sitio para elaborar un informe. Ahora será el Juzgado Contencioso Administrativo quien resolverá fallar sobre la admisibilidad del amparo. De ser admitido, pedirá a la

Alcaldía de Goascorán los antecedentes del caso como el informe investigativo efectuado hasta la fecha. Con la documentación este órgano jurisdiccional podrá emitir una resolución de declarar procedente o no la demanda de amparo.

En caso de declararse con lugar, confirmando que se vendió el inmueble a extranjeros, implicaría que la venta se declararía nula.

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