Para Alfredo Saavedra, expresidente del Congreso Nacional y actual parlamentario en esa Cámara Legislativa, el presidente Porfirio Lobo Sosa aún no ha enmendado el error con el contrato de Securiport.
Saavedra explicó que el mandatario ha tenido el tiempo suficiente para vetar el decreto que da vida al contrato firmado con esa empresa, y que implica un aumento en el pago de la tasa de seguridad aeroportuaria de tres a 34 dólares a los viajes internacionales que ingresen y salgan del país.
El diputado lamentó que el presidente Lobo Sosa haya cometido error tras error en este contrato.
En primer lugar fue el Ejecutivo que envió en 'trancazo' al Congreso Nacional para que fuera aprobado, posteriormente no lo sancionó ni lo vetó, y, después de estallado el escándalo del 'negoción', nombra comisiones para debatir el tema. El procedimiento que plantea la Constitución de la República es claro, apuntó Saavedra, solo hay dos caminos para el contrato, o se sanciona o se veta.
En ese sentido, advirtió, la nueva tasa de seguridad migratoria aprobada por el Congreso Nacional puede entrar en vigencia en cualquier momento, si el presidente Porfirio Lobo no veta el decreto en los diez días que manda la Constitución.
El abogado Rodolfo Dumas advirtió el martes de la existencia de un peligro en torno a este tema, pues el plazo de diez días para vetar prácticamente ya venció.
Lo que dice la Constitución
El Artículo 215 de la Constitución dice que 'Todo proyecto de ley, al aprobarse por el Congreso Nacional, se pasará al Poder Ejecutivo a más tardar dentro de tres días de haber sido votado, a fin de que este le dé su sanción en su caso y lo haga promulgar como ley'.
Según los informes extraoficiales, el decreto fue aprobado por el Congreso el 14 de diciembre, miércoles, entonces el contrato debió ser remitido al Ejecutivo a más tardar el lunes 19 de diciembre de 2011, ya que los tres días deben ser hábiles, es decir sin contar los sábados ni domingos.
El artículo 216 de la Constitución manda que 'Si el Poder Ejecutivo encontrare inconvenientes para sancionar el proyecto de ley, lo devolverá al Congreso Nacional, dentro de diez días, con esta fórmula: ‘Vuelva al Congreso’, exponiendo las razones en que funda su desacuerdo. Si en el término expresado no lo objetare, se tendrá como sancionado y lo promulgará como ley'.
Eso significa que el Ejecutivo debió sancionar o vetar el contrato (considerando que lo recibió el lunes 19 de diciembre) a más tardar el 5 de enero (excluyendo los feriados de final de año).
'En el Congreso no hay ambiente para aprobar ese contrato (si Lobo Sosa lo veta y lo regresa al Congreso), pero ni siquiera eso ha ocurrido, es decir todavía no se ha vetado', dijo Saavedra.