Honduras

Matrimonio gay no es reconocido en Honduras

También se prohíbe la adopción por parte de parejas del mismo sexo.

07.04.2014

El matrimonio entre personas del mismo sexo (gais o lesbianas) no es permitido ni tampoco reconocido en Honduras, aunque el mismo se haya realizado en un país donde es permitida esa práctica social. Esta disposición, contenida en la Constitución de la República, ha quedado ratificada en un decreto del Congreso Nacional, aprobado esta semana, que contiene una reforma integral en materia de familia y niñez.

La reforma afecta el artículo 60 de la Constitución de la República y diversas disposiciones contenidas en el Código de la Niñez y de la Adolescencia; los Códigos de Familia, Civil, Penal, Procesal Penal y la Ley contra la Violencia Doméstica.

Los diputados determinaron que estas reformas no afectarán la Constitución de la República que establece la validez del matrimonio entre un hombre y una mujer para constituir una familia entre el padre, la madre y los hijos. Además, se prohíbe la adopción por parte de parejas del mismo sexo.

Sin embargo, el diputado Orle Solís, de la Democracia Cristiana, detectó que en las reformas al Código de la Familia, concretamente en el artículo 11 donde se reconoce el matrimonio entre un hombre y una mujer y que prohíbe la unión matrimonial de personas del mismo sexo, se estaba eliminando un párrafo del dictamen que ratificaba lo que dice la Constitución sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo, lo que dejaba abierto el reconocimiento de este tipo de prácticas en Honduras.

El diputado democristiano explicó que según la Constitución hondureña, “solo es válido el matrimonio civil entre hombre y mujer, celebrado ante funcionarios competentes y con las condiciones requeridas por la ley. Se prohíbe el matrimonio y la unión de hecho entre personas del mismo sexo”. Además, señaló que la misma Constitución establece que los matrimonios entre personas del mismo sexo, celebrados o reconocidos bajo leyes de otros países, no tendrán validez en Honduras”.

En consecuencia, el legislador pidió a la comisión de dictamen que el artículo 11 del Código de Familia debía quedar como está, creo que sería un error tratar de eliminarlo”, expresó Solís, ya que en el dictamen se derogaba una disposición dejando abierto el reconocimiento del matrimonio gay en Honduras, independientemente de que se hayan celebrado en países donde está permitida esta práctica.

Otra disposición quedó ratificada en este compendio de reformas a las leyes de familia y de niñez, y es que para todos los efectos legales, se entenderá por niño o niña a todas las personas hasta los dieciocho (18) años de edad.

Igualmente, se crea el Sistema Especial de Justicia para la Niñez Infractora, cuyo objeto es la rehabilitación integral y reinserción a la familia y la comunidad, al cual estarán sujetos los niños y niñas cuyas edades oscilen en el rango de doce (12) hasta antes que cumplan los dieciocho (18) años, a quienes se les suponga o sean declarados infractores de la ley.

Los menores de doce (12) años de edad no delinquen, si se les supone responsables de un hecho delictivo o falta, solamente se les brindará la protección especial que su caso requiera, procurándose su formación integral por medio del Instituto Hondureño la Niñez y la Familia (Ihnfa).