Tegucigalpa, Honduras.- El Partido Libertad y Refundación (Libre) rechazó públicamente la propuesta del Partido Liberal de nombrar a Jhosy Toscano como nuevo consejero propietario del Consejo Nacional Electoral (CNE), al considerarla inconstitucional e ilegal.
El vicecanciller de Política Exterior, Gerardo Torres Zelaya, cuestionó la propuesta: “El Pollo (en referencia a Roberto Contreras, presidente del Consejo Central Ejecutivo del Partido Liberal, pues fue él quien hizo pública la propuesta) ahora dice que va a poner a Jhosy en el CNE, pero eso la Ley Electoral no lo permite porque ostenta un cargo de elección popular y es candidato”.
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— Gerardo Torres Zelaya (@gtorreszelaya1) July 23, 2025
El Pollo ahora dice que va a poner a Jhosy en el CNE 🤣 pero eso la ley electoral no lo permite por qué ostenta un cargo de elección popular y es candidato.
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Por su parte, Rasel Tomé, vicepresidente del Congreso Nacional, cuestionó en una entrevista en HCH: “¿Por qué proponer al Congreso que viole la Ley Electoral nombrando a un diputado? Eso no se lo vamos a permitir. No vamos a permitir que se juegue con el Congreso Nacional”.
El Partido Liberal propuso a Jhosy Toscano, actual diputado suplente, como reemplazo de Ana Paola Hall, quien presentó su renuncia condicionada como consejera propietaria del CNE en representación de ese partido, pero esta moción deberá ser aprobada en el Congreso Nacional.
¿Qué establece la ley?
La Constitución de la República, en su artículo 52, establece tres causales de inhabilidad para aspirar al cargo de consejero del CNE. El numeral 3 prohíbe expresamente que sean electas personas que estén nominadas o que ostenten cargos de elección popular.
“No podrán ser consejeros quienes tengan vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad entre sí y con el Presidente de la República y Designados a la Presidencia de la República, los que al momento de ser electos estén nominados u ostenten cargos de elección popular”, estipula el artículo.
Esta prohibición también se contempla en el artículo 10 de la Ley Electoral, que reafirma la inhabilidad para quienes ejercen cargos de elección popular, incluyendo a los diputados suplentes.
El abogado constitucionalista Germán Licona confirmó a EL HERALDO que la normativa es clara: “El número tres dice que quienes al momento de ser electos estén nominados u ostenten cargos de elección popular”, están inhabilitados para ser consejeros en el CNE.
Única vía legal
Expertos en derecho constitucional coinciden en que un diputado suplente solo puede aspirar al cargo de consejero si renuncia formalmente antes de ser electo, y dicha renuncia debe ser aceptada por el Congreso Nacional con 65 votos.
El abogado y analista Jhonatan Rosales explicó: “Deben presentar su respectiva renuncia, y esta debe ser aceptada por el pleno del Congreso Nacional antes de su elección como consejeros del CNE”.
La Constitución de la República, en el artículo 52, establece que para ser consejero del CNE se requiere ser: hondureño por nacimiento, mayor de treinta años, poseer título universitario, de reconocida idoneidad y estar en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.
Elección
Al rechazo oficialista se sumaron otros funcionarios de Libre.