Honduras

Ley contra el terrorismo también amenaza la libertad de expresión

16.04.2017

Tegucigalpa, Honduras
El contenido del polémico artículo 335-B del Código Penal figura en otro proyecto de ley que envió el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional (CN) a finales del mes de marzo.

Se trata del apartado de la Apología e Incitación Pública de Actos de Terrorismo que ha sido considerado como lesivo a la libertad de expresión y difusión del pensamiento por el gremio de periodistas, incluyendo distintas organizaciones de la sociedad civil. El controversial apartado aún está en proceso de derogación en el CN.

Ahora, la preocupación se centra en el proyecto de Ley para la Defensa Ciudadana contra los Actos Terroristas que mandó el Poder Ejecutivo el pasado 30 de marzo a la cámara legislativa junto a un paquete de proyectos de ley.

“El que públicamente hiciere apología del terrorismo o incitare a otro u otros a cometer cualquiera de los delitos previstos en la presente ley será sancionado con prisión de cuatro a ocho años”, estipula el octavo artículo de la normativa. En este caso se omite a los medios de comunicación, como sí lo contempla el 335-B del Código Penal, que señala: “Quien públicamente a través de medios de comunicación o difusión destinados al público hiciere apología e incitación a actos de terrorismo... será sancionado con pena de cuatro a ocho años de prisión”.

El Colegio de Periodistas de Honduras (CPH) exige la derogación total del artículo del Código Penal por considerarlo violatorio de garantías constitucionales y convenios internacionales ratificados por Honduras.

EL HERALDO tuvo acceso exclusivo al proyecto de ley que consta de 46 artículos, cuya finalidad es prevenir, investigar, sancionar y erradicar todas las manifestaciones de terrorismo en el país, contemplando otras variantes de este delito.

La pena por el ilícito fue incrementada de 40 a 50 años y establece sanciones pecuniarias que van hasta los 5,000 salarios mínimos, conforme a la reforma al artículo 335 del Código Penal que entró en vigencia desde el 27 de febrero.

La enmienda a este artículo, incluida en el paquete de reformas en materia de seguridad, abrió la controversia en el CN, donde diputados de la oposición política señalaban que criminalizaba la protesta pública, pero al final fue admitido.

Clasificaciones

Fuertes sanciones establece este estamento legal por actos terroristas que tienen varias clasificaciones que no se encuentran definidas en ninguna otra ley.

En tal sentido, la utilización de armas de destrucción masiva, sustancias inflamables, tóxicas o explosivas en lugares o unidades de carácter público, que provoquen lesiones o la muerte de una o más personas, se penalizará con entre 40 y 60 años de reclusión.

La toma de rehenes también se encuentra tipificada en esta ley, delito que se considera como terrorismo y se castiga con entre 35 y 45 años de cárcel.

En caso de provocar lesiones graves o muertes, la pena se incrementa de 50 a 60 años. La misma sanción se aplicará para los responsables de un atentado o derribamiento de una aeronave.

Un total de diez agravantes especiales se establecen en esta normativa por los delitos contemplados y donde la pena se aumentará hasta en una tercera parte del máximo señalado.

Cuando los ilícitos sean realizados por dos o más personas, se incida en decisiones gubernamentales o cuando se atente contra menores de edad son algunas de esas circunstancias.

El titular de la comisión legislativa de seguridad, Tomás Zambrano, reveló a EL HERALDO que lo que se busca con esta ley “es adecuar la última reforma al Código Penal a lo que establece la tipología del tema de terrorismo”.

Al mismo tiempo, aseguró que hay que proceder a reglamentar conceptos, escenarios posibles y actos previstos en el aspecto general del delito, pero que no está regulado aún en sus procedimientos.

“Creo que es el momento de poder retomar estos temas que son de interés nacional con el único objetivo y fin de recuperar la paz, darle seguridad al pueblo hondureño y eliminar estos hechos y actos de violencia en el país”, concluyó el diputado del Partido Nacional.

La APH lamenta que el CN se niegue a derogar artículo

La discusión del proyecto de ley contra el terrorismo estará en la mira de la Asociación de Prensa Hondureña (APH), pues los apartados que atenten contra la libertad de expresión también serán rechazados en su totalidad.

“Con la ley de terrorismo no estamos en contra, lo que sí estamos en contra es de esa violación a la libertad de expresión que es un derecho de todos los ciudadanos”, especificó Carlos Ortiz, presidente de la APH.

El principal problema de esta ley es que en uno de sus incisos menciona el mismo párrafo del artículo 335-B del Código Penal, que para muchos promueve la censura y limita el ejercicio periodístico.

En este sentido, Ortiz cuestionó la falta de voluntad del Congreso Nacional para derogar este artículo.

“No hay ninguna intención para derogar ese artículo. Ellos consideran que como lo modificaron está en lo correcto y no afecta la libertad de expresión de prensa”, manifestó. A partir de esta semana los gremios de periodistas presentarán un recurso de inconstitucionalidad contra este artículo.